La mujer, que hoy tiene 30 años, ganó la demanda por filiación. El magistrado señaló que la falta de cumplimiento de las obligaciones del padre fueron «actos de violencia» económica y psicológica. 

La Justicia de Córdoba condenó a un hombre por no reconocer a su hija, que hoy tiene 30 años, y en un fallo con perspectiva de género consideró que el destrato y la falta de cumplimento de sus obligaciones constituyeron «actos de violencia» económica y psicológica. El titular del Juzgado Civil, Comercial, Conciliación y Familia de 2° Nominación de la ciudad de Jesús María, Mariano Pelliza Palmes, sentenció al hombre a indemnizar con 600.000 pesos, más intereses, en concepto de daño moral a la mujer a quien, a lo largo de 30 años no reconoció como hija. La sentencia se dio en una causa por filiación. «La demostración desaprensiva y de destrato que tuvo el demandado, me llevan sin más a valorar la causa con perspectiva de género», sostuvo el magistrado en su sentencia.