Se extendió hasta el 12 de marzo el plazo para el pago anual de tributos municipales 2025.
La Municipalidad de Salta ha prorrogado hasta el 12 de marzo el plazo para el pago anual de tributos municipales correspondientes al 2025. Inicialmente, el vencimiento estaba fijado para el viernes 21 de febrero.
Los contribuyentes tienen dos opciones para abonar: de forma anual o semestral. Si se opta por el pago anual, se obtendrá una bonificación de dos meses, eximiendo de pago los meses de noviembre y diciembre. Por otro lado, quienes elijan el pago semestral recibirán un descuento del 50% sobre el mes de junio.
El Pago Anual 2025 aplica a los siguientes tributos municipales:
- Impuesto Inmobiliario
- Tasa General de Inmuebles
- Impuesto Automotor
- Tasa de Protección Ambiental
- Tasa de Protección de Personas y Bienes
- Tasa sobre Publicidad y Propaganda
- Tasa al Emplazamiento de Antenas
- Tasa de Verificación de Antenas
Para abonar, los contribuyentes pueden utilizar diversas formas de pago. A través de Macro Click de Pago, es posible abonar en cuotas sin interés. También se acepta el pago con tarjetas de crédito, débito, efectivo, transferencia, y otros medios de pago en las oficinas habilitadas.
A cobrar a otro lado
Por una decisión del Gobierno nacional y con el respaldo de la Justicia, las Municipalidades ya no podrán cobrar sus impuestos en las facturas. Esto aplica a las factura de luz y gas, que es donde se suele incluir tasas municipales, las cuales sufrieron grandes aumentos recientemente.
El Gobierno nacional había decidido prohibir que se cobren las tasas municipales en las facturas de luz y gas. Algunos municipios de Buenos Aires, presentaron un amparo para que se derogue la medida. El Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín, decidió desestimar las presentaciones que realizaron estos municipios y le dio el visto bueno al Gobierno.
Este fallo fue celebrado por el ministro de Economía, Luis Caputo. El funcionario libertario mencionó en su cuenta de X que “no hubo violación a la Constitución y ni avasallamiento de las autonomías provinciales”. El juez federal Oscar Alberto Papavero, fue el responsable de emitir la resolución 267/2024.