Con el doble propósito de fijar un tope al aumento de tarifas y dejar sin efecto la resolución que prohíbe el cobro de impuestos en boletas de servicios, la legislatura tratará este martes un proyecto de ley que ya cosecha adherentes y detractores. Pormenores de la iniciativa que abre un nuevo capítulo en la relación entre Nación y Provincia.
Jerson De Cecco
La resolución N° 267/2024 de la Secretaría de Comercio e Industria de la Nación, que prohíbe el cobro de impuestos en boletas de servicios, generó un cimbronazo en la provincia y en los municipios azotados por la caída de la recaudación. El elevado índice de morosidad registrado en el pago de los servicios de energía, podría extenderse a la realidad municipal, deprimiendo los servicios y comprometiendo el pago de sueldos en las 60 comunas de la provincia.
Un primer alivio llegó con la suspensión de la medida dictaminada por la justicia federal de Campana, hasta tanto se decida si la resolución es constitucional o no. El siguiente paso -en la provincia- lo daría la legislatura el próximo martes, cuando se trate un proyecto de ley enviado por el ejecutivo para reglamentar el cobro de tarifas eléctricas.
Fuentes legislativas confirmaron a este medio que el bosquejo ya fue analizado en comisión y contaría con el apoyo de la mayoría de los legisladores, con la llamativa excepción de algunos oficialistas en situación de indefinición. El senado tampoco sería un escollo y el proyecto se convertiría en ley a más tardar en la próxima quincena.
En resumen, el texto prevé que las actualizaciones anuales para tarifas no podrán ser superiores al acumulado del coeficiente de variación del IPC relevado por el INDEC. Por otra parte, habilita a los municipios a incorporar en las boletas de energía los conceptos tributarios municipales, además de aquellos relacionados a programas de la provincia como Anafe en Casa, Sol en Casa o las cuotas del IPV.
De esta forma, la provincia y los municipios salteños se sumarían a la larga lista de distritos que cuentan con legislación relacionada al cobro de tarifas, por lo que no adherirán a la disposición de Luis Caputo. Primero fue la provincia de Córdoba, luego Buenos Aires a través del Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia (OCEBA). En ambos casos, se hizo hincapié en que las provincias contaban con legislación específica sobre el tema, por lo que no acatarían la resolución nacional. En el caso de Buenos Aires, esto incluía apartados en las cartas orgánicas municipales y convenios previamente firmados con distribuidoras. Mendoza, Río Negro y Catamarca sumarían más adelante planteos similares.
Intendencias al desnudo
Los fundamentos políticos de la resolución firmada por Luis Caputo se encuentran en la disputa entre Nación y los intendentes de la provincia de Buenos Aires. Para el gobierno libertario, la voracidad recaudatoria de los municipios pone un piso a los supuestos intentos de los mayoristas por bajar los precios de los alimentos. Algunos ejemplos, como el municipio de Lanús donde los impuestos directos se disfrazan de tasas, fortalecen este argumento.
Salta no se encuentra muy ajena a esta realidad. La controvertida Tasa de Incidencia de Alumbrado Público es, para muchos, una doble imposición o un impuesto encubierto, dado que los municipios ya aplican el ABL. Asimismo, algunos municipios elevaron sus tributos en lo que va del año muy por encima de la inflación acumulada; tal es el caso de: Tartagal (530%), Joaquín V. Gonzalez (600%) Rosario de Lerma (890%) y La Merced (741%).
Morosos, tirando a incobrables
Otra arista de la realidad de los municipios tiene que ver con el alto grado de morosidad que algunos de ellos registran en el pago de los servicios de energía. Es una realidad que alcanza también a dependencias ministeriales y empresas privadas, como los medios de comunicación del romerato.
Hasta el mes de marzo, Am 840 o Radiodifusora Salta, adeudaba más de $29 millones con facturas vencidas desde hace casi 36 meses. Para cualquier vecino, semejante incumplimiento hubiera derivado en el corte inmediato del servicio, pero quienes detentan el poder no tienen esos problemas.
Un caso parecido es el de Horizontes S.A., la sociedad dueña de El Tribuno, que no pagó la luz por siete meses y ha engordado su deuda con Edesa por más de $14.700.000. El medio gráfico supo despotricar contra la distribuidora de luz con motivaciones que, aparentemente, provienen del subterráneo político.
Valoraciones rudimentarias, y poco sólidas, ventilan que la bronca de la familia Romero con EDESA es que tienen una deuda de más de 45 millones de pesos que no quieren pagar. Esto a pesar de que otros millones les ingresan mensualmente por pautas publicitarias y avisos que se cobran con tarifas elevadas.
Cuestión de competencias
Fueron muchas y variadas las voces que se expresaron en torno a la resolución firmada por el ministro Luis Caputo. Entre las más claras está la del constitucionalista Pedro Carreño, quien afirmó: “la autonomía municipal, de acuerdo a las disposiciones de la Constitución nacional, en sus artículos 5 y 123, incluye la incumbencia en materia institucional, política, administrativa y económica financiera. Y hace a la autonomía municipal garantizada constitucionalmente, sus competencias en materia económico financiera y dentro de lo financiero está el cobro de sus tributos y dentro de los cuales están las tasas municipales. De modo que corresponde al municipio disponer todo lo inherente al cobro de tasas municipales y la modalidad de pago”.
Por otra parte, opinó: “Es atribución del municipio convenir una forma determinada de cobro. Es decir, en cuanto a la modalidad de pago acordada, sería competencia del municipio y de la Provincia. Si hay alguna cuestión que resolver, aclarar o modificar, será materia de acuerdo entre el municipio y la Provincia, nada tiene que ver la Nación en este aspecto”.