El Secretario de Recursos Hídricos, Alfredo Fuertes, hace agua en el Fondo de Infraestructura Hídrica, el cual cobrando un mezquino canon a productores,  les devuelve el dinero en forma de obras que esos productores proponen. Fuertes sólo debe decir a quién dar y para qué, pero lo hace mal. (Aníbal Roldan)

Los auditores fueron a los bifes: querían saber el funcionamiento del llamado Fondo de Infraestructura Hídrica (FIH) y evaluaron el funcionamiento del mismo durante el año 2010. Las tareas de campo fueron realizadas entre noviembre y diciembre del 2012, aunque el informe definitivo recién se publicó el pasado 26 de noviembre en la web del organismo. El Fondo en cuestión depende de la Secretaría de Recursos Hídricos en manos de un eterno Alfredo Fuertes que ha sobrevivo al gobierno de Romero y al cambio de la ley de ministerios practicados por Urtubey en sus dos gestiones. En la ley del 2007, la Secretaría dependía del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable; con la modificación de la ley ministerial en el 2011 pasó a depender del Ministerio de Ambiente y Producción Sustentable.

Lo que debe hacer Fuertes es velar por el correcto uso del agua: la de usos públicos y la de  usos especiales. La primera se relaciona con el derecho de los habitantes a beber, lavar, bañarse, abrevar y hasta de extraerlas por medios manuales o mecánicos para hacer un uso racional del líquido elemento, tal como lo enfatiza el Código de Aguas que aclara que el uso público del agua tiene prioridad sobre cualquier otro uso privativo. Esto último se relaciona con lo que el Código denomina “uso especial” al que los beneficiarios acceden mediante un título de concesión que en el caso de los agricultores posee dos objetivos: multiplicar hectáreas de producción y que los sistemas de riegos tengan mejores condiciones operativas.

Son estos actores que trabajan cientos de hectáreas los que deben abonar anualmente un canon por el uso del agua, pero también quienes nucleados en consorcios facturan el Canon de Riego. La suma recaudada conforma el Fondo de Infraestructura Hídrica. Un volumen que el estado no sólo ordena que se reinvierta en obras de infraestructura, sino también en obras que esos productores propongan al Estado, articulando así un círculo sumamente virtuoso para el agente privado provincial.

No se trata de grandes cantidades de dinero. En el presupuesto 2015, por ejemplo, sólo se prevé recaudar $4.759.349 sobre un total de 23 mil millones; mientras en el 2010 lo auditores constaron que se recaudaron $2.367.879 aportados por esos productores de hasta 1.000 hectáreas. El dinero se deposita en dos cuentas bancarias: una de la Tesorería General que luego retransfiere el 90% a los consorcios en base a la información que remite la Secretaría de Recursos Hídricos; y otra cuenta que pertenece a la Secretaría de Recursos Hídricos que transfiere el 10% restante a los pequeños.

Cómo se ve, no es mucho lo que la secretaria debe hacer. Sólo debe cumplir el rol de Autoridad de Aplicación; autorizar la transferencia del dinero que ella no recauda; y en tanto autoridad de aplicación la gestión contable, presupuestaria y financiera pasa a estar a cargo del SAF del Ministerio Ambiente y Producción Sustentable. Esas pocas cosas se hacen con varios límites. No lo decimos nosotros, sino los propios auditores que al momento de analizar los procedimientos legales con que la Secretaría funciona califica a la gestión como “baja” porque, entre otras cosas, la “afectación de los recursos presupuestarios por Canon de Riego se dispuso por Decreto del ejecutivo, y no por Ley como prescribe el Decreto Ley N º 705/57 y sus modificatorios”.

A la hora de evaluar el control interno de la secretaría, la valoración fue aun peor. De la escala “muy débil”, “débil”, “regular”, “fuerte” y “muy fuerte”; los auditores eligieron la valoración “débil”. No puede sorprender. El informe observa que la Secretaría que vela por el uso responsable de un elemento tan vital como el agua no cuenta con un Manual de Misiones y Funciones; posee un organigrama no actualizado a la nueva Ley de Ministerios; no reglamentó el funcionamiento ni del Fondo de Infraestructura Hídrica ni del Fondo de Asistencia a Consorcios; no definió funciones y responsabilidades del SAF; padece de una“evidente falta de coordinación” entre la Secretaría, el SAF del Ministerio y el Programa Recursos y Financiamiento para la registración de los ingresos por el Canon de Riego; no implantó un sistema de control queasegure razonablemente que los fondos del Fondo de Infraestructura Hídrica sean utilizados para lo que está reglado y de allí que se detectaran $758.211 queprovenientes del FIH, terminaron auto asignados para la secretaria.

Por si eso fuera poco, se determinó que durante el 2010 la Secretaría realizó a la Contaduría General de la Provincia cuatro pedidos de transferencias a Consorcios que, en su mayoría, no presentaron proyectos ejecutivos de obras.