Además, Genaro Apaza no podrá acercarse a 200 metros de la víctima.
Genaro Apaza, de 38 años, fue condenado a la pena de 1 año y 6 meses de prisión de ejecución condicional por resultar autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja previa y por constituir violencia de género, amenazas y desobediencia judicial (dos hechos), violación de domicilio y daños, todo en concurso real.
La justicia dispuso que el condenado permanezca en libertad por la modalidad de la pena dictada y le ordenó cumplir las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio, comunicar cualquier cambio al tribunal y someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados.
También se estableció la prohibición de acercamiento a 200 metros de J. Y. R. y de ejercer actos de violencia física o psicológica en su contra; prohibición de ejercer actos de violencia física o psicológica en contra de N. V.
Además deberá abstenerse de consumir sustancias estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; realizar tratamiento psicológico para el control de sus impulsos violentos y su adicción al alcohol, y acreditar el inicio con la presentación de la respectiva constancia dentro de los diez primeros días de febrero y, cada tres meses, la continuación del mismo hasta su alta definitiva. Todo ello con apercibimiento de revocarse la continuidad de la pena impuesta.
Asimismo se dejó sin efecto la prohibición de acercamiento del imputado a un domicilio de barrio Miguel Ortiz y dispuso controles ambulatorios en esa vivienda durante un mes a fin de constatar que el normal reestablecimiento del contacto del imputado y su grupo familiar.