Si hay un tema tabú en el ámbito institucional, casi mala palabra, son los gastos reservados. Es el Área 51 del Estado. Todos saben que existe, pero nadie dice nada. Hacen de cuenta que son producto de la imaginación de algún malintencionado que quiere hacer quedar mal a la clase política. En Diputados, desde el propio Manuel Santiago Godoy hasta el combativo Claudio Del Pla, pasando por los cálculos de Julio Moreno, “nadie sabe nada”. De los 250 millones de pesos que se destinaron al presupuesto 2019 para la Cámara de Diputados, se estima que son el 5%, repartidos en pasajes de avión, estadías, viajes al extranjero, alquileres, servicios de catering y eventos y Dios sabe qué otra cosa, distribuidos equitativamente, como dicta la doctrina peronista. Aunque algunos dicen que el “piel roja” aplica en estos casos teorías como la del Profesor Neurus. Algo va para el comensal, mientras la parte del científico es la misma que la del león.

En un sistema republicano de gobierno, en el que rige el equilibrio de poderes, los controles deben realizarse entre ellos mismos. El Congreso debe controlar las partidas secretas a través de sus comisiones; a la Justicia le corresponde investigar si están mal utilizados. El secreto de Estado no es propiedad de ningún burócrata. Si existen sospechas sobre el encubrimiento de un delito, los jueces deben develarlo. Deben determinar además si los fondos han sido utilizados legalmente o no.

En Argentina, los fondos reservados corresponden a una de las tres modalidades que la ley establece como secreto de Estado. Las otras dos son la documentación secreta y la identidad de determinadas personas.

En 1956 el Poder Ejecutivo Nacional firmó el decreto ley 5.315, que regulaba el uso de los fondos reservados estableciendo que “comprende exclusivamente a los organismos que tengan servicios atinentes a la seguridad del Estado”. En 1969, el gobierno de Juan Carlos Onganía sancionó el decreto ley 18.302, que reglamentaba el primer decreto, pero no cambiaba el único destino que debían tener esos fondos: seguridad y defensa. Con la democracia, se produjo una marcada reducción de los gastos reservados, a través del presupuesto nacional que envió el Poder Ejecutivo al Congreso. Y luego, a partir de la sanción de la ley 23.110/84, sólo resultaron favorecidas para el uso de gastos reservados la Presidencia de la Nación, la Secretaría de Inteligencia del Estado y el Ministerio de Defensa. En 2001, se determinó taxativamente cuáles son los gastos secretos que el Estado puede utilizar en materia de seguridad y defensa nacional. Los gobiernos posteriores elevaron los montos de gastos reservados y distorsionaron sus objetivos. Lo que llevó a la aparición de causas penales emblemáticas como la causa Banelco, por la que hasta se procesó a un presidente de la Nación.

Si bien la ley lo permite, una provincia no necesita gastos reservados. En materia de seguridad los gastos necesarios están determinados en el presupuesto provincial, y la defensa nacional no es competencia de las provincias, sólo de la Nación.

La ley de presupuesto de Salta no contiene un rubro de gastos reservados, fue eliminado en 1997. Sin embargo, esto no implica que el gobierno salteño no posea fondos para gastos especiales, por el contrario, esta partida fue incluida en otros rubros, lo que dificulta su control.

En el primer proyecto de presupuesto de Juan Carlos Romero, en 1996, el monto de gastos reservados se multiplicó por 10 y se esfumó el ítem, incluyendo el monto en el área de Servicios no Personales, como gastos sin discriminar.

Para completar las “instrucciones de uso” el artículo 28 de la ley de presupuesto autoriza al Poder Ejecutivo «a efectuar las modificaciones presupuestarias y de planta de personal». En criollo, este texto posibilita engrosar las cifras a discreción del gobierno.

La Cámara de Senadores, la Cámara de Diputados, el Poder Judicial, el Ministerio Público y el Tribunal de Cuentas cuentan con idéntico beneficio.

Gastos reservados, Fondos reservados, Gastos secretos, o Servicios no personales, el monto es igual de interesante, se usa de manera subrepticia, con fines misteriosos, totalmente desconocidos para cualquier cristiano de este feudo, cuyos representantes en la comodidad de sus despachos, distan mucho de querer pedir explicaciones al respecto. (N.J.)