Tras siete años de investigación por el asesinato de la joven de 17 años no hay responsables por su muerte. Cuándo las vidas de las vulneradas no importan.

Por Andrea Sztychmasjter

Corría el año 2015. El hallazgo del cuerpo de la joven de 17 años institucionalizada era para funcionarixs provinciales la muerte de una chica que lamentablemente se había topado con el consumo prolongado de drogas y con el duro contexto de la calle. Una joven sin contención familiar que deambulada por hogares estatales y centros de atención a personas en situación de vulnerabilidad, que en ese entonces hasta tenía una subsecretaría que coordinaba a “esos grupos”.

Los esfuerzos estatales para que la joven cambiara el rumbo de su vida no sirvieron y terminó asesinada, hallada en una casa abandonada. Hoy, a siete años de su femicidio su muerte continúa impune y no hay responsabilidades estatales que den respuestas a estos asesinatos que se presentan como la última escalada de violencia contra niñas y mujeres.

“Se encontraba en situación de calle”, salieron rápidamente a excusarse funcionarxs provinciales, pero lo cierto es que la joven residía en el Centro de Inclusión Transitoria Amanecer, del barrio Castañares. Anteriormente había estado en el Pequeño Hogar al que había sido destinada junto a su hermana mayor por los equipos técnicos del subprograma Sistemas Alternativos de la Secretaría de Igualdad de Oportunidades del Ministerio de Derechos Humanos a cargo de Marianela Cansinos.

Otra de las respuestas que dieron es que la joven no podía ser obligada a realizar los tratamientos de rehabilitación, que los mismos son voluntarios. Si esas son las respuestas que dan a situaciones sumamente complejas donde corren riesgo las vidas, ¿podemos seguir hablando de prevención, contención y gestión por parte de las autoridades estatales? Las violencias podrían evitarse si funcionaran los mecanismos de protección existentes, pero nadie se hace cargo. Seguimos hablando del Estado como un ente abstracto pese a que el mismo se encuentra constituido por personas con nombres y apellidos.

Femicidio estatal 

Fue la antropóloga mexicana Marcela Lagarde quien teorizó sobre el concepto de femicidio estatal para dar cuenta de las responsabilidades institucionales y estatales en los asesinatos de mujeres: “Para que se dé el feminicidio concurren, de manera criminal, el silencio, la omisión, la negligencia y la colusión parcial o total de autoridades encargadas de prevenir y erradicar estos crímenes. Su ceguera de género o sus prejuicios sexistas y misóginos sobre las mujeres. Hay condiciones para el feminicidio cuando el Estado (o algunas de sus instituciones) no da las suficientes garantías a las niñas y las mujeres y no crea condiciones de seguridad que garanticen sus vidas en la comunidad, en la casa, ni en los espacios de trabajo de tránsito o de esparcimiento. Más aún, cuando las autoridades no realizan con eficiencia sus funciones. Cuando el estado es parte estructural del problema por su signo patriarcal y por su preservación de dicho orden, el feminicidio es un crimen de Estado.» 

Un juicio, ningún responsable

La Sala II del Tribunal de Juicio absolvió esta semana en forma lisa y llana a Hernán Nicolás Viveros del delito de homicidio agravado por mediar violencia de género en perjuicio de Anahí por el que había llegado requerido a juicio. Lxs jueces Ángel Amadeo Longarte (presidente), María Victoria Montoya Quiroga (vocal) y María Gabriela González (vocal interina) ordenaron en consecuencia la inmediata libertad del acusado que se encontraba detenido desde hacía dos años.

La fiscala de la Unidad Especial de Femicidios, Mónica Poma, había solicitado prisión perpetua para el acusado. Mientras que el abogado defensor, Rodrigo Anachuri, pidió la absolución lisa y llana y de forma subsidiaria, por la duda.

El letrado Anachuri en sus alegatos señaló que el acusado junto a otro joven de la barriada donde fue hallada la menor sufrieron presión para hacerse cargo del asesinato: “Como producto de esa declaración realizada en horas de la media noche (30 de diciembre del 2020) es que el señor Viveros quedó detenido y en una situación irregular, ya que no fue imputado hasta el día 2 de enero del 2021 y no inmediatamente después de su detención como determina el código”, señaló.

Asimismo, el abogado manifestó que dicha declaración fue la piedra angular del decreto de citación a Audiencia de imputación de Viveros, como así también “fue la piedra angular del requerimiento de elevación de la causa a juicio. La Fiscalía no ha querido buscar la verdad real de los hechos, sino encontrar un culpable”.

Anachuri criticó los prejuicios que recayeron sobre la persona del único imputado y aseguró que se quiso hacer un Derecho Penal de Autor y no de Acto, es decir acusar a alguien por sus condiciones personales y no por los actos cometidos: “En ese derrotero de encontrar un culpable se encontraron con Hernán Nicolás Viveros, un joven que se juntaba con su grupo de amigos en Villa Angelita a consumir bebidas alcohólicas de manera periódica los fines de semana, quien además era hincha de un club popular de futbol yendo a la cancha de manera periódica e incluso teniendo enfrentamiento con la barra del club rival”.

Asesinos sueltos

El abogado mencionó como prueba lo manifestado por la doctora Silvestre Ruth María, quien realizó cotejo de los restos de semen encontrados en la joven, y aseguró no coinciden con el perfil genético del imputado. Por otro lado, señaló que la fiscalía no ha investigado otras hipótesis como la de la moto roja, o como lo manifestado por una testigo quien menciona haber estado en el lugar del hecho esa noche y que le llamo atención la presencia de un auto negro que realizaba maniobras sospechas en la entrada de la casa.