Desde la Fundación Volviendo a casa denuncian que en las próximas elecciones para abogados del Consejo de la Magistratura no aceptan una lista encabezada por mujeres cuando históricamente se aceptaron listas encabezadas solo por hombres.
A través de un comunicado desde el Departamento Jurídico de la Fundación volviendo a Casa repudiaron la Impugnación realizada por la Lista “Justicia Independiente” en contra de la Lista “Unidad”, representada por las letradas María Emilia Carabajal y María Trinidad Arias Villegas, como la consecuente decisión de la Junta Electoral del Consejo de la Magistratura que hizo lugar a dicha impugnación por el solo hecho de estar encabezadas por mujeres.
“Tal acto constituye un bochorno jurídico y una burla a los derechos y conquistas de las mujeres, siendo actores cómplices de mantener y perpetuar el patriarcado en las diferentes estructura de poder. Que el fundamento esgrimido por “Justicia Independiente” y aceptado por la Junta Electoral encabezada por Abel Cornejo, es misógino y patriarcal ya que se IMPIDE, lisa y llanamente, que DOS MUJERES PUEDAN ACCEDER A CANDIDATURAS TITULARES representando al cuerpo de Abogados y Abogadas y de la Provincia de Salta”, describen.
El próximo viernes 22 se llevarán a cabo las elecciones de abogados al Consejo de la Magistratura de Salta y son tres las listas que competirán para formar parte de la enorme responsabilidad de participar en la selección de jueces y magistrados encargados de impartir justicia en la provincia.
Según un comunicado de la lista Justicia Independiente, la lista «Unidad», que representa al oficialismo del Colegio de Abogados, no respeta el orden de los candidatos propuestos, ya que no respeta el artículo 38 de la ley 7955, que plantea que la postulación de precandidatos y candidatos «deberá respetar la igualdad real de oportunidades garantizando la participación equivalente de géneros para el acceso a cargos electivos. En las listas deberán ubicarse indefectiblemente después de cada precandidato o candidato de un género otro del género distinto, y así sucesivamente, observando siempre la misma proporción«.
«Nosotros impugnamos la lista porque no cumple con la alternancia de género. Esperamos que la Junta Electoral actué con criterio ante esta anomalía», manifestaron desde Justicia Independiente.
«Los candidatos de Justicia Independiente nos comprometemos a defender la Constitución, así como los valores propios de una sociedad de hombres libres y a rendir, mensualmente, cuentas de la marcha del Consejo y de nuestra propia actuación dentro del mismo.
Para la parte impugnada sin embargo consideraron que “Justicia Independiente” y la Junta Electoral no deben jamás olvidar que la Ley Nº 7955 tiende a legislar respecto la Paridad de Género, cuya autoría perteneció a diputadas que integraron la Comisión de la Mujer, y que la misma modificó el artículo 38 de la Ley 6.444, cuyo motor precursor fue la eterna disparidad que existe en la representación femenina en Salta, la cual es notoria y manifiesta, no solamente en el ámbito legislativo, sino tradicionalmente legitimada en el Consejo de la Magistratura de la Provincia
Desde la Fundación Volviendo a Casa se preguntaron: ¿por qué la Junta Electoral del Consejo de la Magistratura siempre admitió listas conformadas exclusivamente por hombres? ¿No es posible aceptar MUJERES ENCABEZANDO UNA LISTA TITULAR? ¿Las Mujeres solo seremos aceptadas si continuamos aceptando los eternos “cargos suplentes” o en 8vo lugar de alguna lista?