Diputado Juan Esteban Romero: Nombra la soga en la casa del ahorcado

 

Como primera acción de campaña, el romerato en vías de extinción propone narcotest para todos los funcionarios provinciales. Eso sí, deja afuera los problemas de alcoholismo a los que contribuye desde sus bodegas en Cafayate. Tampoco abundan los detalles sobre protocolos médicos, ni acciones reales en contra del narcotráfico. Los movimientos preliminares de cara a mayo anticipan una campaña tapada de humo y pirotecnia verbal.

 

La estrechez de ideas en beneficio del conjunto llevó al romerato reciclado a desempolvar un clásico de la demagogia anti-política: Narcotest obligatorios para funcionarios. Tan viejo como rudimentario, el método se inscribe en una ola de factoides que entonan con la retórica libertaria y que buscan desviar la atención de las preocupaciones reales, aquellas relacionadas con los pesos y centavos.

En los últimos meses, aparecieron de forma repentina proyectos en idéntico sentido en las legislaturas de: Rio Negro, Neuquén, Córdoba, Entre Ríos y San Luis. Sin ir muy lejos, el concejo deliberante de Metán aprobó una ordenanza semejante, pero enfocada en las autoridades municipales.

En la legislatura salteña, el autor y voz cantante fue nada menos que Juan Esteban Romero, acaso la única ficha del romerato en vías de desaparición para las legislativas de mayo. De allí que resulte imposible desanexar la iniciativa, de carácter mucho más demagógico que resolutivo, de las pretensiones familiares de perpetuarse en el poder.

En el entorno del exgobernador dan por sentado que la única vía para lograr ese cometido es tomar por asalto las listas de La Libertad Avanza. Eso implica, no sólo ponerse a tono con la agenda mileísta, sino también apelar a sus métodos: poner asuntos de la moral en primera plana, mientras se desploman los salarios, el empleo formal y el consumo. Sin embargo, no son escasos los argumentos jurídicos para comprender la inviabilidad del proyecto y el oportunismo de su autor.

Flojo de argumentos

En el contexto legal argentino, la implementación de testeos obligatorios de consumo de drogas a funcionarios públicos plantea una serie de dificultades y contradicciones con los derechos constitucionales que garantizan la protección de la privacidad, la dignidad y la libertad personal.

El artículo 19 de la CN establece que “las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y la moral públicos, están reservadas a la decisión de cada uno”. En tal sentido, la realización de testeos obligatorios de consumo de drogas a funcionarios públicos se interpreta como una invasión a la intimidad personal, ya que impone una intrusión arbitraria en aspectos de la vida privada que no necesariamente afectan el ejercicio del cargo público.

El consumo de drogas, en ausencia de efectos visibles o de un comportamiento que ponga en peligro el cumplimiento de las funciones, no debe ser motivo de intervención estatal. Además, la obligación de someterse a un test podría violar el derecho a la privacidad que se garantiza por el marco constitucional y los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Argentina.

Por otra parte, la Constitución Nacional también establece en su artículo 16 que “la igualdad ante la ley” debe ser un principio fundamental. Imponer una medida de testeos obligatorios exclusivamente a funcionarios públicos podría generar una discriminación injustificada entre ellos y los ciudadanos comunes. Aunque el Estado tiene el derecho de controlar ciertos aspectos del comportamiento de sus funcionarios, este tipo de medidas podría interpretarse como una forma de tratamiento desigual, dado que no se sometería a todos los ciudadanos al mismo nivel de control.

El proyecto de Romero tampoco brinda garantías de “debido proceso” y “debido tratamiento”. Cualquier intervención estatal en la vida de los ciudadanos debe contar con una base legal clara y específica. Un testeo obligatorio de consumo de drogas podría generar problemas legales, ya que no existe una norma expresamente establecida que autorice al Estado a aplicar este tipo de pruebas a los funcionarios sin su consentimiento. Además, si los resultados de los test no fueran considerados en un marco judicial apropiado, se podría caer en una situación de arbitrariedad.

Otro argumento es la falta de proporcionalidad y la conexión directa entre el consumo de drogas y el desempeño eficiente de las funciones públicas. No todos los tipos de consumo de sustancias afectan directamente la capacidad de un funcionario para cumplir con su rol, y los test podrían ser desproporcionados o innecesarios si no hay evidencias claras de que el consumo de drogas está afectando el rendimiento laboral o la seguridad pública. En muchos casos, las pruebas de consumo no reflejan necesariamente un comportamiento inapropiado o incapacidad para desempeñar funciones.

Argentina está suscrita a una serie de convenios y tratados internacionales que protegen los derechos humanos, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) y la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Estas normativas establecen principios fundamentales sobre la privacidad, la dignidad y la libertad personal. Cualquier medida que implique el monitoreo o control de la vida privada de los individuos, como los testeos obligatorios de drogas, debe ajustarse a criterios estrictos de necesidad, proporcionalidad y legalidad, lo cual no se cumpliría adecuadamente con una medida de este tipo.

Los puntos: uno por uno

El artículo 1 del proyecto romerista plantea: “Establézcase como requisito de permanencia en los niveles políticos de la función pública, el carecer de adicción a drogas ilegales”. Difícilmente el hecho de no haber incluido a las drogas legales en el articulado sea sólo un despiste. Al romerarto no se le conoce un sólo hecho de gestión legislativa o ejecutiva vinculada a la prevención del alcoholismo. Por el contrario, entre los proyectos más destacados de Juan Esteban figura la original idea de declarar a Cafayate como “capital del vino”. No fueron pocos los que asociaron esa pequeña salvedad al hecho de que su familia hizo voluminosos negocios con la producción y venta de bebidas alcohólicas. ¿Casualidad?

El artículo 2, en tanto, propone: “ Se establece como obligatorio la realización de un test antidroga y la obtención de un Certificado para desestimar la adicción a drogas ilegales”. Esto, por supuesto, es mucho más sencillo que, digamos, asegurarse de que los funcionarios sean competentes, honestos y transparentes. Un par de test antidroga reemplazarán siglos de formación y experiencia política. Y qué mejor que tomar una decisión tan compleja como el futuro de una provincia basándose exclusivamente en una prueba de orina. ¡Nunca más una gestión ineficiente por culpa de la adicción, sólo por el test!

El 3° artículo deja establecido que los estudios médicos y/o bioquímicos abarcan: Rinoscopia, Análisis de orina completo, Análisis de sangre completo o los que resulten convenientes. Un detalle no menor es que el examen no se limita a “la detección en las últimas horas”. Porque si en el último mes, esa persona tuvo un leve resfriado y una dosis de jarabe para la tos, ¿quién sabe? Tal vez la menta del jarabe es la nueva cocaína.

El artículo 4 designa al Ministerio de Salud, con toda su independencia y expertise en gestionar políticas públicas de salud, como el encargado de coordinar este monumental esfuerzo. Como si la cartera de salud no estuviera ya abrumada con otros problemas de salud pública, como el acceso a la atención sanitaria o evitar que los hospitales se vengan abajo.

Mientras el romerato apuesta a cortinas de humo superficialmente atractivas, pero vacías de fondo, se eluden discusiones cruciales de cara al año entrante. La falta de previsibilidad en materia económica golpea a la provincia y los municipios navegan en la incertidumbre. La necesidad de sumar puntos de conocimiento y ponerse a tono con la verborragia libertaria llevaron a Romero Jr. a encarar el inicio de la campaña de la manera menos digna imaginable.