La Corte suprema de justicia estableció medidas cautelares que frenan dos decretos formulados por el Presidente Mauricio Macri sobre la eliminación del IVA de ciertos alimentos y del impuesto a las ganancias. Estos afectan a los fondos co- participables que corresponden a las provincias. (Guadalupe Macedo)

La corte no suspendió los decretos  561/19 y el 567/19 sino que ordena que los efectos fiscales de la aplicación de esas normas sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional sin afectar la coparticipación. Los Ministros Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti en disidencia con Carlos Rosenkrantz determinaron que los decretos no pueden afectar los fondos de coparticipación que corresponden a las provincias Argentinas.

Este fallo tiene gran incidencia en la economía de las provincias Argentinas, ya que nación debe devolver los fondos que las provincias obtenían con el pago del IVA y del impuesto a las ganancias. La Corte obliga al Gobierno a compensar a las provincias por la reducción del IVA y de Ganancias.

19 provincias luego que se oficializaran estos decretos, presentaron una denuncia al estado nacional por las medidas económicas que impusieron por los decretos 561/19 y el 567/19, porque perjudica los fondos correspondientes a la Coparticipación Federal. Medidas que fueron tomadas sin la participación de los distintos gobiernos.

Las medidas cautelares se establecen por la causa que la  provincia de Entre Ríos objeto el decreto 561/19 en donde se encarga a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) una reducción del cálculo de las retenciones para el cálculo del impuesto a las ganancias y una reducción del 50% a los trabajadores autónomos en concepto al impuesto de las ganancias de los meses de Octubre a Diciembre de 2019.

La corte declaró como inconstitucional el decreto 567/19 y dispuso que una alícuota del 0% en el IVA para la venta de productos de la canasta básica alimentaria. Esta medida provoca que las provincias se queden sin los fondos que se recaudan con el pago de IVA de estos alimentos. Esto genera una pérdida de fondo para las provincias, perdiendo competitividad. Violando de este modo las bases del federalismo y el principio de legalidad en materia tributaria.  Esta medida provoca un perjuicio anual y directo a las provincias apelo Entre Ríos, argumentando a través de una Comisión Federal de Impuestos, donde se estima que el impacto de las medidas adoptadas supera la suma de $ 1.000.000.

La corte estableció, que “el peligro en la demora sobre la base de la alegación de la provincia y su referencia a un informe de la Comisión Federal de Impuestos, según el cual las medidas tributarias en crisis redundarían en una disminución de aproximadamente mil millones de pesos ($ 1.000.000.000) de sus recursos, lo que pondría en riesgo el normal funcionamiento de las instituciones provinciales, y la atención de las necesidades básicas de su población”.

El ministro de Justicia, Germán Garavano, dijo que el Gobierno «va a seguir haciendo lo posible por cuidar a los argentinos y que sigan vigentes”. El ministro que se encuentra en contra de la medida de la corte afirmo: “no comparto el voto de la mayoría de tres jueces ni la forma en que dispusieron esta medida cautelar, que no es clara en su aplicación práctica», dijo Garavano.

Criticó a quienes defienden el federalismo, y comento que este año las provincias “van a percibir, por lo menos, $125.000 millones extras de recursos de origen nacional». A la vez afirmo que el gobierno va a realizar todo lo posible para mantener las medidas a  los argentinos.

A la vez la corte tiene para decidir sobre cuatro presentaciones de provincias petroleras contra el decreto de necesidad y urgencia que congeló el precio de los combustibles. Los decretos que se sancionaron luego de la derrota electoral son una medida paliativa a la crisis económica pero a la vez afecta de manera estructural  a la economía de las provincias.