Puede parecer poco, pero en este país es mucho ya que si bien el exintendente de San Lorenzo no irá preso, más allá de la lectura política que pueda realizarse,  la inhabilitación especial perpetua es una pena que produce la privación del empleo, cargo o profesión, así como también la incapacidad de obtener otro similar durante un tiempo determinado, de acuerdo a lo previsto en el artículo 20 del Código Penal. En el caso de la inhabilitación especial perpetua, es algo que se fija de modo permanente para los delitos que involucran a funcionarios públicos. Justamente la defraudación en perjuicio de la administración pública la incluye como parte de la pena.

Los jueces de la Sala I del Tribunal de Juicio, Ángel Amadeo Longarte, Javier Aranibar y María Gabriela González condenaron a Ernesto Fernando “Kila” Gonza como autor de los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública en grado de tentativa (dos hechos) y peculado de trabajos y servicios, todos en concurso real.

El exintendente de San Lorenzo cumplirá la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, y además se le impuso la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

Durante tres años a contar desde que la condena quede firme, deberá: fijar domicilio y comunicar cualquier cambio; someterse al control del Programa de Reinserción de Presos y Liberados; no cometer nuevo delito; realizar estudios o prácticas necesarias para su capacitación laboral o profesional; adoptar oficio, arte o profesión adecuado a su capacidad.

En caso de incumplir alguna de estas reglas de conducta podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de la pena, que sería efectiva.

Por su parte, Sergio Armando fue condenado a la pena de dos años y ocho meses de prisión de ejecución condicional como autor de los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública en grado de tentativa (dos hechos) y partícipe necesario de peculado de trabajos y servicios, todos en concurso real.

El empresario, deberá cumplir durante el término de la condena las mismas reglas impuestas a Gonza.

Además el Tribunal corrió vista al Ministerio Público Fiscal para que investigue la posible comisión de delitos de pública persecución respecto de Marcelo Singh, Rogelio Guaymás, Rodolfo Armando y  todo otro funcionario que pudiera haber tenido intervención en los hechos por los que fueron condenados los dos hombres.

Las causas

La fiscal penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos (UDEC), Ana Inés Salinas Odorisio, había requerido la pena de cuatro años y ocho meses de prisión para el ex intendente de San Lorenzo, Ernesto Fernando “Kila” Gonza y tres años y seis meses para Sergio Armando. Ambas, de cumplimiento efectivo.

Los dos acusados fueron juzgados por realizar maniobras fraudulentas para desviar fondos de la comuna de San Lorenzo.

El ahora condenado, fue llevado a juicio por haber realizado la contratación directa, mediante los servicios de la empresa “El Montañez” que pertenecía a Sergio Armando, hermano del entonces funcionario municipal Rodolfo Armando.

La Municipalidad de Villa San Lorenzo efectuó un desprendimiento de importantes sumas de dinero sin obtener a cambio el objeto de la contratación celebrada con Sergio Armando, ya que las obras cuya realización debía llevar a cabo (casillas del Plan Una Casa Para Tu Hogar y un puente sobre calle Belgrano) no se concluyeron o resultaron defectuosas.

El 13 de junio de 2011 se celebró un convenio entre el Municipio de San Lorenzo, representado al momento de la contratación por Ernesto Fernando Gonza, y la empresa “El Montañez” de Sergio Armando para la construcción de diez  viviendas prefabricadas de madera en el marco del “Plan Una Casa Para Tu Hogar”. De acuerdo a las pericias, las casillas “no se encuentran debidamente concluidas de acuerdo a lo contratado, a las especificaciones obrantes en autos y a las normas vigentes y reglas del buen arte”

En cuanto al puente de calle Belgrano, fue construido con personal de la Municipalidad de San Lorenzo en horario laboral y con herramientas de la comuna.

Como Cristina

Cristina Fernández de Kirchner fue condenada y la pena incluye una inhabilitación, lo que significa que la persona no puede presentarse a ningún cargo público.

¿A partir de qué momento comienza a correr la inhabilitación especial perpetua? Al ser parte de una pena/condena, solo quedará firme cuando sea revisada por todas las instancias correspondientes. En el caso de Cristina, la pena de prisión e inhabilitación solo podrá ser llevada adelante cuando la Corte Suprema de Justicia rechace el último recurso que presenten las defensas.

En este sentido, el antecedente más próximo es lo que sucedió con el expresidente Carlos Menem, que en 2017 fue candidato a senador. Su situación fue objetada debido a que tenía una condena por el tráfico de armas a Croacia y a Ecuador. “Surge claro de lo reseñado que el impedimento para el ejercicio del derecho a ser elegido sólo se verifica en el caso de la persona condenada por juez competente en proceso penal, entendiendo por tal a aquel sobre el cual pesa una sentencia condenatoria firme, pasada en autoridad de cosa juzgada”, dijo la Cámara Nacional Electoral en ese caso.

Cabe resaltar que Amado Boudou, condenado a cinco años y diez meses de prisión por el caso Ciccone, también tiene una inhabilitación perpetua. Esa causa quedó firme tras el rechazo de la Corte a intervenir en los pedidos de la defensa.