A partir de ahora los usuarios y consumidores que quieran reclamar por algún servicio o producto adquirido, podrán iniciar el reclamo desde su casa, sin la necesidad de recurrir a gestores ni abogados. Esto se dará a través de un convenio de “Consumo protegido”, que regirá en todo el país. Enterate cómo funciona.
El secretario de Justicia de la Nación, Julián Álvarez, y el secretario de Comercio, Augusto Costa, firmaron un convenio para incorporar los Centros de Acceso a la Justicia (CAJ) al sistema de Consumo Protegido. El convenio prevé que los Centros de Acceso a la Justicia de todo el país sirvan como mesas de ayuda para los consumidores que acerquen reclamos y consultas sobre conflictos con empresas comercializadoras de bienes o prestadoras de servicios.
Como funcionará Justicia del consumidor:
A partir de hoy, los usuarios y consumidores que quieran reclamar por algún servicio o producto adquirido, podrán iniciar el reclamo desde su casa, de manera gratuita y sencilla, sin la necesidad de recurrir a gestores ni abogados, informó Infojus, a continuación reproducimos la información:
Desde hoy los usuarios y consumidores que quieran reclamar por algún servicio o producto pueden iniciar el reclamo desde su casa, por teléfono o internet, de manera gratuita y sencilla, sin la necesidad de recurrir a gestores ni abogados. Estos son los pasos que hay que seguir:
-El reclamo se puede ingresar en www.consumoprotegido.gob.ar, por teléfono (0800-666-1518)
-Cuando cargás el reclamo en el sistema, podés elegir la fecha, hora y lugar (barrio) para la audiencia. El consumidor será llamado a audiencia en 15 días (es decir, 15 días después de iniciado el reclamo). Los conciliadores van a estar en la Secretaría de Comercio o en su domicilio registrado en el Registro Nacional de Conciliadores.
-Después se acude al Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC). Esta conciliación es obligatoria para la empresa y gratuita para el consumidor.
-A la conciliación no hace falta ir con abogado. El conciliador está especializado en materia de derecho del consumidor. No es obligatorio asistir con la documentación del reclamo, pero cuantos más comprobantes tenga el consumidor, más fácil se resolverá la queja.
-¿Qué puede reclamar el consumidor? Todo, siempre que el conflicto sea entre un consumidor y una empresa. No se atienden casos entre empresas ni tampoco entre particulares.
-Requisitos para reclamar: ser mayor de 18 años y ser el titular del reclamo. Monto máximo: 9.380 (55 salarios mínimos). No tener el mismo reclamo en curso en el sistema.
Si la empresa no se presenta a la audiencia y no justifica por qué no fue, se le cobra una multa. Parte del dinero va a reparar el reclamo del consumidor. Si justifica el no haberse presentado, se pone una nueva fecha.
-Si la empresa no cumple con lo acordado en la conciliación, se le aplican las sanciones establecidas en la ley de Defensa del Consumidor.
Si no se llega a un acuerdo, se pueden elegir dos vías para seguir el reclamo:
-Hacerlo ante la Auditoría en las Relaciones de Consumo, en la Secretaría de Comercio. Allí se puede reclamar la restitución del bien, una reparación por el daño causado o la devolución del dinero hasta un máximo de 15 salarios mínimos ($ 55000)
-Ir a la nueva Justicia Federal y Nacional en las Relaciones de Consumo para pedir una reparación integral por los daños que causó la situación. Allí se pueden tramitar reclamos hasta un máximo de 55 salarios mínimos ($ 200.000)
En la nueva Justicia del consumidor las audiencias serán orales y se podrá dictar sentencia de forma inmediata. Todo el proceso será gratuito para el denunciante y no durará más de 60 días. El juez se guiará por el principio “pro consumidor”. Siempre estará de tu lado.