Funcionarios del Servicio Penitenciario, reclusos y familiares eran parte  de una  organización narcocriminal que operaba en la Unidad Carcelaria. 

Fueron ocho los funcionarios del Servicio Penitenciario de Salta, más los internos penados alojados en la Unidad Carcelaria Nº 1 y familiares de los mismos, quienes formaban parte de una organización narcocriminal que operaba en el Penal de Villa Las Rosas, donde cada uno desempeñaba un papel específico.

El procurador general de la provincia, Pedro García Castiella y los fiscales Ana Inés Salinas Odorisio, Santiago López Soto y Gustavo Torres Rubelt, en Unidad Fiscal se encargaron del juicio ante el Juzgado de Garantías 3 del Distrito Centro para 20 personas imputadas en la causa, de las cuales 12 de ellas se encuentran con prisión preventiva.

Todo inició  con las denuncias anónimas que acusaban al personal de la Unidad Carcelaria señalando que este estaba involucrado en actividades ilícitas, como ser solicitar sobornos a cambio de beneficios para los internos o facilitar la introducción de elementos prohibidos y drogas al recinto de detención.

Como consecuencia de esta investigación que se dio entre 2021 y 2023, más de 50 cuentas bancarias se analizaron, que dieron como  resultado  más de 1000 transferencias realizadas por familiares de presos. Además se intervinieron más de 20 líneas telefónicas y se recopilaron 90 declaraciones testimoniales. 

Los nombres de los funcionarios del Servicio Penitenciario  que se encuentran en la causa son: Sergio Moya, Francisco Arturo Bisceglia, Rubén Antonio Guaymás, Luis Roberto Castaño, José Luis Alarcón, Marcelo Olguín Magno, Raúl Antonio Arjona y Marcos Matías Bucotich García.

Lo que sucedía era que los anteriormente nombrados hacían un uso abusivo de sus cargos y de las atribuciones y potestades, como así también de su jerarquía y antigüedad, por ello se tomaron el derecho de exigir indebidamente dádivas a los internos penados que se encuentran allí alojados. Estas consistían en la entrega de sumas de dinero o de otro elemento de valor a cambio de ayudar a la obtención de beneficios comprendidos en el régimen progresivo de la pena como ser la elevación de calificaciones en concepto de conducta, acelerar trámites para la obtención de extramuros, salidas transitorias, otorgamiento de salida a granja y/o cambios de pabellón, entre otros. Como así también permitían , el ingreso de otro tipo de elementos no permitidos por el reglamento interno de las Unidades Carcelarias, tales como celulares, cargadores, comidas y bebidas, entre otros, sustancias estupefacientes y/o protección ante posibles abusos.

Esto podía realizarse de forma electrónica o mediante la entrega de dinero en efectivo, a través de encuentros entre los funcionarios penitenciarios y familiares de los internos.

Pero eso no es todo  ya que también había una comercialización de estupefacientes, de la cual se identificaron tres vértices fundamentales para su consumación:

– La distribución de la sustancia en el interior de la Unidad Carcelaria.

– Los nexos externos que recibían dinero, distribuían y administraban cuentas bancarias, producto de la comercialización de estupefacientes.

– La participación y connivencia necesaria de funcionarios públicos, que por omisión o acción, permeabilizaban el sistema de seguridad e ingresaban la sustancia prohibida al establecimiento, brindando seguridad a la organización delictiva.