El expolicía fue hallado culpable del asesinato de la joven, en 2011. La causa dejó en evidencia la corrupción policial.
Los jueces de la Sala IV del Tribunal de Juicio condenaron a Mario Federico Condorí a la pena de 23 años de prisión por resultar autor material y penalmente responsable del delito de homicidio en perjuicio de Cintia Fernández.
El tribunal dispuso el cese de la detención domiciliaria con supervisión y vigilancia monitoreada electrónicamente a través de la unidad de arresto domiciliario como modalidad de cumplimiento de la prisión preventiva oportunamente dispuesta. En su reemplazo, ordenó que el imputado sea inmediatamente trasladado a la unidad carcelaria local, donde deberá ser alojado con las consideraciones pertinentes a su condición de expersonal policial. Se ordenó en este sentido que se extremen las medidas para garantizar la seguridad personal del interno.
El tribunal dispuso además que, atento a la naturaleza de los hechos por los cuales resultó condenado, Mario Federico Condorí reciba tratamiento psicoterapéutico. Con tal fin ordenó al director del Servicio Penitenciario arbitrar las diligencias necesarias y remitir en el término de 72 horas las constancias que den cuenta del cumplimiento de la medida dispuesta.
Además, en el fallo se ordenó que el condenado sea examinado por un profesional del Servicio Médico del Poder Judicial a fin de que se obtengan sus señas particulares. También se dispuso la extracción de material genético del imputado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.
Los jueces del la Sala IV hicieron lugar además a la demanda civil presentada en el marco de la causa y condenaron a Mario Federico Condorí a pagar a Ana del Valle Fernández, madre de la víctima, la suma de 6 millones de pesos más los intereses correspondientes, en concepto de reparación integral del daño causado por el delito.
El tribunal rechazó in límine la nulidad articulada por la defensa técnica del enjuiciado del acta de reconocimiento de fotografías. Además, hizo lugar al pedido de la fiscalía en cuanto a la remisión de las actas del debate al tribunal de ética del Colegio de abogados, a fin de que se evalúe la actuación profesional de los dos defensores del imputado.
El tribunal estuvo integrado por los jueces de la Sala IV del Tribunal de Juicio: Norma Beatriz Vera (presidenta), Roberto Lezcano (vocal) y Paola Marocco (vocal interina).
Por el Ministerio Público intervino el fiscal de la UGAP 4, Ramiro Ramos Ossorio. La defensa del imputado estuvo a cargo de Gustavo Adolfo Luna y Hugo Eckhardt. En la actoría civil y querellante actuaron Pedro García Castiella y Pablo del Pino. Gastón Casabella intervino en calidad de amicus curiae.
El 3 de mayo de 2011, en horas de la noche, Cintia Vanesa Fernández fue encontrada sin vida por su madre, en su departamento de Parque La Vega. La joven falleció por asfixia por sofocación. Las pericias determinaron que la fecha de muerte fue el 28 de abril de 2011.