Pese a que la ANSES paga los honorarios de los profesionales en los juicios de Reparación Histórica a jubilados y pensionados, el Colegio de Abogados dictaminó cuánto deben cobrarle a los viejos por “el adecuado asesoramiento legal”. (Gonzalo Teruel)

La humorada es simple. Se encuentran dos abogados en la puerta de Ciudad Judicial, se saludan ampulosamente y uno invita al otro “¿Doctor Patrón Costas Uriburu de los Altos Pinos vamos a tomar algo? Sin vacilar el otro acepta “pero claro Doctor Saravia Ruiz de los Llanos y Lamadrid”. Caminan unos pasos y el segundo se vuelve al primero con otra ingenua pregunta “dígame distinguido colega ¿a tomar algo de quién?”.

Esa precisión quirúrgica que aporta el humor para sintetizar dramáticos sucesos de la vida cotidiana sirve, ahora, para representar el accionar de numerosos juristas del medio local avalados, nada más ni nada menos que, por su órgano rector: el Colegio de Abogados y Procuradores de Salta.

Hace un mes, el 4 de noviembre, la institución emitió una resolución respecto de la Ley 27.260 de creación del Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados. Y estableció los honorarios que deben cobrar los letrados por su intervención en la mencionada actualización de los haberes para jubilados y pensionados.

“Como el letrado interviene para lograr la diferencia entre el haber jubilatorio actual que el beneficiario previsional ya tiene y en la que no intervino, y la reparación histórica ofrecida por la ley, resulta un criterio razonable y ajustado a derecho que pueda percibir en concepto de honorarios hasta dos (2) diferencias de haberes previsionales, más los gastos de representación que eroguen las actuaciones” dictaminó el Colegio de Abogados en un documento en el que citó las vigentes leyes previsionales. En pocas palabras, el Colegio de Abogados estableció que sus colegiados cobren (hasta) dos veces la actualización mensual que recibirán los jubilados o pensionados que atiendan.

Vergüenza ajena, esa disposición es contraria a la normativa actual. El Decreto 894/16, reglamentario de la Ley de Reparación Histórica, establece de manera taxativa que los abogados no pueden cobrarle un solo centavo a sus clientes (jubilados y pensionados) porque, sencillamente, sus honorarios “serán abonados por la ANSES, con fuente de financiamiento en el Tesoro Nacional”.

Más aún, el formulario que el sistema informático de la ANSES entrega a todo aquel que quiera acogerse a la Reparación Histórica explicita textual que “los honorarios profesionales y los gastos de representación letrada del BENEFICIARIO estarán a cargo de la ANSES, que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 6° del Decreto 894/16, y en sus normas complementarias, ascienden a la suma de PESOS UN MIL CIENTO CUARENTA Y UNO CON 60/100 ($1.141,60), más el Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre los honorarios, de corresponder” .

“El letrado del BENEFICIARIO expresa su total conformidad, no teniendo nada más para reclamar, y declara haber denunciado ante ANSES su correspondiente Clave Bancaria Uniforme (CBU N°), cuenta donde se efectuará el pago acordado en este punto, el que queda supeditado a la homologación judicial del presente acuerdo. Será responsabilidad del abogado informar el eventual cambio de la CBU y/o de su condición tributaria” puntualiza el documento que se presenta para solicitar la actualización de haberes jubilatorios.

Todos los argentinos, con su aporte al Tesoro Nacional y través de la ANSES, pagan el costo de los trámites judiciales necesarios (abogados incluidos) para que los jubilados y pensionados cobren lo que les corresponde de acuerdo a la ley. Sin embargo, el Colegio de Abogados de Salta cree que eso no es suficiente y además de percibir de la ANSES quiere cobrar a los pobres viejos por la mera firma y presentación de un formulario que se descarga de Internet y que en ningún caso será rebatido por autoridad alguna.

El cuento del tío (abogado)

Según argumentó el Colegio de Abogados y Procuradores en su proclama del mes pasado, las actuaciones de sus matriculados “no sólo comprenden la intervención en sí sino el adecuado asesoramiento legal en la situación particular de cada beneficiario, las posibilidades concretas de obtener la supuesta reparación, y las vías para que le sea reconocido plenamente su derecho, todo lo cual no implica una mera gestión ni una mera identificación dactilar, sino el comprometido estudio y adecuado asesoramiento en cada caso particular”.

Y, por eso, reclamó “el reconocimiento a sus justos honorarios, que dignifican la profesión, y que obviamente resulta inconstitucional a todas luces la determinación por un órgano administrativo de los mismos, a más de lo irrisorio e indigno cuando se los establece por un decreto”.

Sin vergüenza alguna y en desconocimiento de la normativa vigente, resolvió que “los letrados que intervienen en las actuaciones por Reparación Histórica tienen el derecho de percibir honorarios de los beneficiarios previsionales” y acusó que “los honorarios fijados por la ANSES resultan inconstitucionales, indignos e irrisorios”. En consecuencia, proclamó que “resulta un criterio razonable y ajustado a derecho que el letrado pueda percibir en concepto de honorarios hasta dos (2) diferencias de haberes previsionales, más los gastos de representación que eroguen las actuaciones”.

Avergonzado por la disposición de su institución profesional, un abogado ejemplificó a Cuarto Poder lo que está sucediendo en la provincia. “Están cobrando dos aumentos, es decir que si sale una actualización de $10 mil le están cobrando $20 mil al jubilado”. “En otros casos cobran, directamente, dos jubilaciones” amplió y denunció que “es insólito lo que están haciendo algunos de mis colegas porque si bien es cierto que hay un trabajo, es mínimo y la ANSES lo está pagando”.

De: ANSES <no-reply@anses.gov.ar>
Fecha: 18 de noviembre de 2016 21:54:23 GMT-8
Para: <margotbriones@hotmail.com>
Asunto: Ya sos parte de la Reparación Histórica. Informate


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600 MIL JUBILADOS YA COBRAN SU HABER REAJUSTADO

BRIONES VICTORIA MAGDALENA

Juntos logramos reconocer el trabajo de toda la vida. Estamos empezando a saldar una deuda de años con nuestros mayores de hoy y los que vendrán.

Desde ANSES te comunicamos que tu beneficio número [[NUMERO BENEFICIO]] se encuentra alcanzado por la ley de Reparación Histórica.

Conocé tu haber reajustado y aceptá el acuerdo siguiendo estos pasos:

1) Accedé a la sección Mi Anses con tu Clave de la Seguridad Social aquí.

Si no tenés tu clave, podés crearla acá.

2) Actualizá tus datos personales y de contacto (email, teléfono y domicilio) accediendo al ícono de “Datos de domicilio y contacto”.

3) Ingresá a la sección “REPARACIÓN HISTÓRICA”, donde podrás visualizar el reajuste de tu haber. Seguí los pasos indicados para aceptar o rechazar el acuerdo.

IMPORTANTE

·        Si aún no registraste tu huella digital, recordá que deberás hacerlo para poder acceder a la firma del acuerdo.

·        Para ingresar al programa es necesario contar con un abogado matriculado, quien también deberá tener registrada su huella digital en ANSES. El patrocinio del abogado es GRATUITO para el jubilado o pensionado, ya que los honorarios están a cargo de la ANSES. En caso de no contar con uno, podés consultar en el Colegio de Abogados de tu ciudad.

Más información sobre el Programa de Reparación Histórica en www.anses.gob.ar/reparacionhistorica

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