Los compradores de terrenos del loteo privado “Los Aromos” se cansaron de esperar la instalación de los servicios básicos e iniciaron acciones legales. La única respuesta del administrador del fideicomiso, hasta ahora, fue tratar de amedrentar a este medio.

Cuarto Poder lamenta que las publicaciones aquí expuestas hieran sensibilidades y empujen a los protagonistas de las mismas a adoptar posiciones policíacas de bajo vuelo. Asimismo, lamentamos que muchas de las iniquidades y atropellos revelados a través de estas rosadas páginas hayan naufragado en el ovido de la justicia y de la prensa hegemónica. ¿O acaso desapareció repentinamente el interés por saber por qué el gobierno municipal otorgó $90 millones a la empresa familiar de uno de sus candidatos?, ¿O qué ocurrió con las cifras millonarias que el romerismo embolsó por la doble facturación de impuestos? Sin ir más lejos, ¿En qué quedaron los negocios de la banda de “Los Viñaco” y los múltiples desfalcos en obras del Fondo de Reparación Histórica?

La publicación del pasado 9 de septiembre titulada “Amargate Cafayate: Incumplimientos con “Aromo” a estafa” levantó polvareda en la ciudad vallista, y no precisamente aquella que cubre los majestuosos médanos de la ruta 68. El artículo, que refleja las denuncias de compradores de terrenos contra el fideicomiso “Los Aromos”, despertó un evidente nerviosismo en su administrador, Martín Vera. Una reacción esperable, considerando que los afectados tomaron cartas en el asunto y -escribano mediante- constataron uno a uno los incumplimientos del desarrollo inmobiliario.

Retomemos. Los compradores de los terrenos denuncian que hace 36 meses esperan las obras para contar con servicios públicos sin poder edificar en el lugar. El plazo para la colocación de los servicios de agua, luz y cloacas vence en noviembre y, hasta ahora, sólo se colocó el cordón cuneta. Como si fuera poco, los propietarios resaltan que tampoco se llamó a asamblea a lo largo de todo este tiempo y no se presentaron rendiciones de cuentas documentadas. Mientras tanto, la página web del barrio privado asegura que cuenta con: Alumbrado público, agua, cableado soterrado, espacios parquizados, biodigestores, entre otros.

Propietarios re calientes

Los particulares afectados encararon una serie de acciones en los últimos días que incluyen: la denuncia ante el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de Salta (CUCIS), una carta documento dirigida a Vera exigiendo la convocatoria a asamblea con rendición de cuentas, la solicitud de sanciones ante la subsecretaría de Tierra y Hábitat de la provincia, un pedido a la delegación Cafayate de AFIP para que investigue las contrataciones y la documentación del desarrollo urbanístico, entre otras.

Todo ello se hizo luego de constatar, mediante un acta firmada por escribano y con la presencia del titular de Defensa del Consumidor de Cafayate, el estado de las obras.

La denuncia ante el CUCIS solicita la aplicación de multas de acuerdo a lo establecido en la ley 7629 para el titular del fideicomiso, como así también, para la empresa North Trade, de propiedad de la familia Vera. El escrito destaca que “al día de la fecha no hay ningún servicio esencial (Luz, electricidad) y asimismo tampoco se entregó la posesión de los lotes descriptos”.

Más adelante se remarca “que dicho emprendimiento inmobiliario realizó un loteo, con la venta de los terrenos, sin la ejecución de los servicios de agua corriente y energía eléctrica, violando con dicho accionar lo dispuesto por la ley No 2308 Art. 10”, que dispone que: “Los fraccionamientos de los que resulten parcelas urbanas sólo podrán aprobarse en tanto éstas tengan asegurada la provisión de los servicios de agua corriente y energía eléctrica”, aspecto que no se configura en el fraccionamiento descripto.

La presentación ante la subsecretaría de Tierra y Hábitat hace extensivo el pedido de sanciones a otra de las empresas familiares, CORVINEX S.A., y a todos los profesionales actuantes: escribanos públicos, martilleros, ingenieros habilitados por el COPAIPA, agrimensores, arquitectos y otros.

Dudosa legalidad

Los incumplimientos en los que habría incurrido el proyecto inmobiliario son múltiples, en particular a lo dispuesto por el decreto ley N° 1682/19 de la provincia, que regula los procesos de aprobación de loteos abiertos. Por ejemplo, el artículo 12 exige que toda publicidad referida a la venta de lotes en cualquiera de sus modalidades, integrando fideicomisos y/o cualquier figura jurídica debe ser veraz, clara y suficiente para evitar incurrir en errores al eventual comprador. Como ya se mostró en el artículo del pasado 9 de septiembre, los lotes se siguen promocionando con servicios de los que carecen.

El artículo 13, por su parte, exige el suministro de información adecuada que no admita dudas respecto del objeto de la venta. No obstante, para los damnificados, en la publicidad del emprendimiento faltó detallar las características en cuanto a posibilidades de uso o constructivas y restricciones al dominio, al igual que la resolución de autorización para preventa emitida por el Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda.

Finalmente, tampoco se habría respetado el art. 15 de dicha ley, que estipula: “la publicidad deberá destacar las obras de infraestructura con las que cuenta o contará el emprendimiento, su estado de ejecución en su caso y la garantía otorgada por el propietario, loteador o desarrollador para avalar su cumplimiento, destacando en forma expresa si es de naturaleza hipotecaria o similar que brinde idéntica seguridad en cuanto a su ejecución en tiempo y forma”.

Los compradores resaltan, respecto de este punto, que la publicidad no destacó las obras de infraestructura ni la garantía para avalar el cumplimiento.

Para esto si son rápidos

“Inicio demanda mañana por daños y perjuicios e injurias”, “Mi abogado tiene todo para iniciar demanda mañana”, fueron algunos de los mensajes intimidatorios enviados por el administrador del fideicomiso “Los Aromos”, Martín Vera, a esta redacción. Además de balbuceos y alguna que otra consonante perdida en el camino, las “advertencias” de Vera dejan entrever un profundo desconocimiento en materia penal respecto de los llamados “delitos contra el honor”.

En efecto, las sucesivas modificaciones al código penal (como las introducidas por la ley 26.551) dejan en claro que, en ningún caso configurarán delito de injuria las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas. Vale remarcar entonces que, además de constituir un hecho de relevancia periodística innegable -y por ende, de interés público-, todas las acciones llevadas a cabo por los denunciantes se hicieron oportunamente por las vías institucionales.

También vale la pena recordar el artículo 111 del CP que aclara que los acusados de injuria, en los casos en los que las expresiones no estén vinculadas con asuntos de interés público, podrán probar la verdad de la imputación cuando el hecho hubiere dado lugar a un proceso penal. Ocurre que esto último está en marcha, por lo que Vera y sus representantes debieran estar más enfocados en dar respuestas a los demandantes, antes que intentar amedrentar a la prensa. Hasta ahora, ni las evidencias ni el rigor jurídico le estarían asistiendo.