Anulan la condena a Marcos Levín al considerar que los delitos no fueron de lesa humanidad. El año pasado, el empresario salteño fue sentenciado a 12 años de prisión por privación ilegítima de la liberad e instigar tormentos en perjuicio de un ex chofer de La Veloz del Norte.

La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal anuló la condena que recibió el año pasado el empresario salteño Marcos Levín, quien fue sentenciado por el Tribunal Federal Oral en lo Criminal de Salta a 12 años de prisión, por la privación ilegítima de la libertad y la imposición de tormentos, considerados delitos de lesa humanidad, en perjuicio de su ex empleado Víctor Cobos durante la última dictadura militar.

Ahora los camaristas Juan Carlos Gemignani, Eduardo Rafeal Riggi y Carlos Mahiques decidieron dar lugar a los recursos de casación presentados por los abogados defensores de Levín y de los ex policías imputados en el mismo proceso: Enrique Víctor Cardozo, Víctor Hugo Bocos y Víctor Hugo Almirón.

Resolvieron “anular lo resuelto por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta, en virtud de que es inválida la calificación de los hechos imputados a los nombrados como delitos de lesa humanidad”.

Por esto dispusieron “devolver la actuaciones al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, dicten una nueva resolución”.

Levín era dueño de la empresa transportista La Veloz del Norte y fue el primer empresario de la Argentina en ser juzgado por delitos de lesa humanidad cometidos en común unión con las fuerzas de seguridad durante la última dictadura militar. Así, fue condenado a 12 años de prisión por instigar torturas y privar de forma ilegítima la libertad de Cobos, un ex chofer y delegado gremial de la compañía que era de su propiedad. Durante aquel proceso, otros ex empleados también manifestaron haber sido perseguidos y torturados en manos de ex policías que habrían recibido órdenes del empresario.

Dada ahora esta resolución, la Fiscalía podría apelarla y la causa iría a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.