La justicia federal admitió una demanda colectiva ambiental sin precedentes al reconocer representación para actuar en nombre de la totalidad de la ciudadanía argentina a un pequeño grupo de afectados por las fumigaciones con agrotóxicos y a los afectados en su carácter de consumidores de alimentos transgénicos. (Garrik)
Según informó el diario La Capital, el Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº3 de la Capital Federal, declaró admisible una demanda colectiva ambiental, ordenándole al Poder Ejecutivo Nacional a suspender provisionalmente la liberación incontrolada a campo abierto de Organismos Genéticamente Modificados (OGM) como la comercialización de la soja RR 2 PRO / liberty, en violación de la ley de semillas vigente, como así también se disponga el “etiquetado” de los productos que los contengan.
La resolución reconoce idoneidad y representación para actuar en nombre de la totalidad de la ciudadanía argentina a un pequeño grupo de afectados directos de las fumigaciones con agrotóxicos, como así también afectados en su carácter de consumidores de alimentos transgénicos.
Los demandados son el Estado nacional, por incumplimiento del deber de control, y un grupo de empresas multinacionales por su acción contaminante (Monsanto, Syngenta, DuPont, Novartis, Nidera, Dow Agrosciences, Pionner, Agrevo, Ciba Geigy y Bayer, entre otras), productoras de OGM, principalmente semillas de soja, maíz, algodón, arroz y el paquete químico atado a su uso (glifosato, sales derivadas del mismo, surfactantes y coadyuvantes).
La modificación artificial del genoma de una planta, o “evento” en la jerga de estas empresas, fueron aprobados en la Argentina desde 1996, por lo que se sembraron y se siembran en la actualidad sin control a gran escala y sin evaluación de impacto o riesgo ambiental alguno, más de treinta millones de hectáreas.
Además, se vierten más de trescientos millones de litros de agrotóxicos (veneno) al ambiente por campaña y, en algunos casos, sobre los habitantes, a sabiendas de las consecuencias dañinas que ello acarrea al ambiente, los ecosistemas, la salud y el patrimonio cultural de las personas.
La demanda fue presentada por los abogados especialistas: Jorge Mosset Iturraspe, Daniel Salaberry, Graciela Cristina Vizcay Gómez, Miguel Araya, Horacio Belosi y Santiago Kaplun. La misma sostiene que “se suspenda, también, la aplicación de los agrotóxicos utilizados para su cultivo hasta tanto se determine científicamente la inocuidad de los mismos para el ambiente, los ecosistemas, la biodiversidad, la salud de los seres vivos, el patrimonio cultural de los argentinos y, sobre todo, la sostenibilidad de dicho modelo de producción.
“Se exhorta al Poder Legislativo a dictar una ley de bioseguridad y de presupuestos mínimos para uso del recurso suelo y que se condene a las empresas demandadas a “recomponer” o “reparar” el ambiente y ecosistemas dañados (flora y fauna) mediante la reimplantación de cultivares convencionales, la fertilización de suelos y el repoblamiento de especies”, sostienen los abogados demandantes en su presentación.
“Para el caso de que ello no fuese posible, se las condene al pago de una suma de dinero a determinar por alguno de los sistemas de monetarización del daño ambiental de uso internacional y, a tal fin, conformar un Fondo de Compensación Ambiental o Fideicomiso, en concepto de resarcimiento”, sostiene la resolución.
Los casos
Caso Sandoval (Bandera, Santiago del Estero) La niña Julieta Sandoval falleció a los siete meses de vida en el 2010. Nació con múltiples malformaciones atribuidas al uso de agroquímicos en su entorno. Su abuelo materno y su padre eran fumigadores y utilizaban glifosato, insecticidas y fungicidas.
Caso Ayelén. Una niña de cinco años, también residente en Bandera que padece leucemia cuyo origen se relaciona con los agroquímicos.
Caso Tomasi. Fabián Tomasi, se desempeñó como fumigador en Basavilbaso, Entre Ríos, desde que tenía 23 años. Hoy sufre graves afecciones asociadas a la exposición a los agroquímicos.
Caso Oscar Lescano. Médico rural y exintendente de Basavilbaso. A partir de su experiencia en el consultorio se convirtió en uno de los más férreos denunciantes del problema en su provincia.
Caso Milesi. (Mercedes, Buenos Aires) Allí vive el matrimonio conformado por José Milesi y Silvina Picchioni y su hijo Juan. En 2008, cuando el menor tenía dos años, fue rociado en el patio de su vivienda por un avión fumigador. Tiempo después le diagnosticaron al niño leucemia linfoplástica.
Jurisprudencia penal
La justicia argentina ya declaró delitos penales las fumigaciones ilegales con agroquímicos a campos de soja cercanos a barrios poblados. La primer sentencia en nuestro país se dio en la provincia de Córdoba hace un par de años, donde se condenó a tres años de prisión a dos productores rurales por las fumigaciones ilegales en el Barrio Ituzaingó Anexo, cercano a la capital provincial, por dos hechos de fumigación ocurridos en 2004 y 2008.
Uno de los condenados fue considerado autor del delito de contaminación ambiental penado por la Ley de Residuos Peligrosos, en forma continuada y el otro fue condenado como coautor del delito de contaminación ambiental. Ambos fueron inhabilitados durante diez años para operar con productos agroquímicos y también condenados a realizar trabajos comunitarios.
La causa fue elevada a juicio tras constatar que la zona estaba contaminada con un cóctel tóxico, según estudios realizados en el lugar. Agua contaminada con arsénico, PCB de los transformadores de la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC) emplazados en el sector y los agrotóxicos por las fumigaciones. En el Barrio Ituzaingó fueron denunciados 200 casos de cáncer, cien de ellos fatales. Además, sobre una muestra de 142 chicos se comprobó que 114 tienen agroquímicos en su organismo.
Finalmente, recordemos que la Agencia Internacional para la Investigación en Cáncer (IARC) que depende de la Organización Mundial de la Salud dictaminó que el glifosato, que es el pesticida más utilizado en el mundo y un insumo imprescindible en el cultivo de soja transgénica, es “probablemente cancerígeno para seres humanos” y existe “suficiente evidencia” de que produce cáncer en ensayos con animales de laboratorio.
Incluso un estudio del Conicet-UBA demostró que con dosis hasta 1500 veces inferiores a las utilizadas en las fumigaciones sojeras, se habían comprobado trastornos intestinales y cardíacos, malformaciones y alteraciones neuronales. “Concentraciones ínfimas de glifosato, respecto de las usadas en agricultura, son capaces de producir efectos negativos en la morfología del embrión, sugiriendo la posibilidad de que se estén interfiriendo mecanismos normales del desarrollo embrionario”, subrayaba el trabajo, que también hacía hincapié en la urgente necesidad de limitar el uso del agrotóxico e investigar sus consecuencias en el largo plazo.