En Argentina hay 287 argentinos denunciados por incumplir con la cuarentena al regresar de un viaje, de acuerdo a los registros de la Dirección de Migraciones. Los «castigos» para estos casos van desde la prohibición de la salida del país hasta embargos económicos, multas de monto variable y probations, dependiendo del juzgado que les toque. En todos los casos, el denunciado debe costearse un abogado.
El imputado tendrá que contratar un abogado, por su propia cuenta y costo. En algunos casos se le dicta la medida de prohibición de salida del país. En otros, un embargo de 200000 pesos y por lo general, la sanción es una multa y/o una probation. Hay jueces que imponen multa de 3000 pesos, otros de 9000, de 50000 y de 70000. En algunos casos optan por obligar al acusado a ir a ayudar a un comedor comunitario varias veces por mes.
Hay fiscales que no pactaron ninguna sanción argumentando que no hubo dolo. Tampoco faltan los fiscales que sostienen el discurso de las libertades individuales, de Juntos por el Cambio.
Florencia Carignano, en su carácter de directora de Migraciones, reveló este lunes que un estudio realizado por su área demostró que el 38% de los que regresaron al país no cumplieron con la cuarentena obligatoria.
Hoy en día sólo están abiertos los aeropuertos de Ezeiza, San Fernando y Aeroparque. Quienes vienen de viaje deben exhibir un PCR negativo, antes de subir al avión. Al llegar se les hace un test rápido de antígenos. Si este test da positivo, se los envía a un hotel donde deben cumplir la cuarentena hasta que un hisopado dé resultado negativo. Si el test rápido da negativo pueden irse a su casa, pero deben cumplir con la cuarentena de una semana, porque pueden tener síntomas a los dos o tres días.
Migraciones dispuso de funcionarios para hacer una inspección a los domicilios, en ocho provincias, de los que llegaron del exterior. Esa inspección dio como resultado que el 38 % no estaba en esos domicilios. A partir de eso y por orden del Ministro del Interior, Wado De Pedro, se presentaron las denuncias correspondientes a las 287 personas que no encontró en sus hogares.
La imputación tiene que ver con la violación de los artículos 205 del Código Penal, «por violar las medidas adoptadas por la autoridad competente para impedir la propagación y la introducción de una epidemia». La pena prevista en esos artículos es de seis meses a dos años de prisión. El segundo artículo infringido es el 239, que apunta a quienes desobedecen a un funcionario que dicta órdenes legítimas y comete delito más leve. En ese caso se prevé penas de 15 días a un año de prisión. En ambos casos, al ser penas bajas, son de ejecución condicional.
En el caso de Santiago Solans Portillo, que vino de Miami con un PCR trucho y síntomas compatibles con COVID, el juez de Lomas de Zamora, Federico Villena, lo tuvo varios días preso en un hotel, le dictó la prohibición de salida del país y ordenó un embargo de 200000 pesos. Estas últimas decisiones fueron apeladas en Cámara.
Por su parte, Adrián González Charvay, juez de Campana, intervino en varios casos de personas circulando sin la autorización correspondiente o practicando deportes que estaban vedados. Aplicó multas diversas, entre 3000 y 9000 pesos, cifra accesible para quien viajó al exterior. Al mismo tiempo que ordenó la probation de concurrir a pintar una escuela dos veces por semana durante cuatro meses.
La multa más alta que se conoce se le impuso a Luca Singerman, un joven del barrio de Belgrano, que viajó contagiado en Buquebus desde Colonia. Intervino la fiscal Alejandra Mangano y se fijó un resarcimiento de 500000 pesos entregados al sistema de salud pública.
En el caso de las fiestas clandestinas, se impusieron multas de 90000 pesos.
Un club de fútbol fue sancionado con 200000 pesos.
En todos los casos, las multas se aplican a personas no tengan antecedentes penales.
Algunos magistrados sostienen que debe cumplirse con la probation sí o sí.
En todos los casos, ser denunciado implica tener que recurrir a un abogado, con el costo que eso supone y también concurrir a Tribunales a prestar declaración, exponerse a embargos, a prohibición de salida del país, a tener un antecedente penal y multas o probation.
Por supuesto que, si alguien tiene una pena de ejecución condicional anterior, puede terminar entre rejas tras incumplir con la cuarentena. Es de suponer que la política también juega en estos casos. En Comodoro Py fueron varios los fiscales que pidieron el archivo de causas argumentando que no hubo intención de cometer un delito y que la persona estaba en su derecho de transitar. El conocido discurso de Juntos por el Cambio.