La medida tomada por un juzgado Federal de Mendoza tiene alcance nacional y ha detenido la implementación de los artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23 relacionados con la venta de medicamentos en kioscos y otros establecimientos comerciales.

El Juzgado Federal N°2 de Mendoza ha ordenado la suspensión de los artículos del DNU 70/2023 del Gobierno Nacional que permitían la venta de medicamentos sin receta fuera de las farmacias y la dispensación de fármacos sin la supervisión de un profesional matriculado. Esta decisión se tomó en respuesta a un recurso de amparo presentado por el Colegio de Farmacéuticos de Mendoza.

El fallo suspendió los artículos del mega decreto firmado en diciembre por el presidente Javier Milei. La determinación de un tribunal federal es de aplicación en todo el país.

Estos artículos del decreto permitían la venta de medicamentos de «expendio libre» en establecimientos no especializados, como kioscos. La medida cautelar del Juzgado Federal N°2 restablece la plena vigencia del artículo 1 de la ley 17565 de 1967, que restringe la venta de estos medicamentos exclusivamente a las farmacias. Este fallo judicial es parte de una serie de acciones legales promovidas por grupos de farmacéuticos que argumentan que la desregulación afecta los empleos y los derechos laborales, sanitarios y sindicales.

En enero, el Gobierno emitió el decreto 63/2024 para reglamentar el DNU 70/2023 en cuanto a la prescripción y comercialización de medicamentos. En este decreto se estableció que en los establecimientos no autorizados como farmacias, la venta de medicamentos de venta libre se limitaría a antiácidos y analgésicos. Sin embargo, con la decisión judicial, esta disposición ha sido suspendida.

Mario Valestra, presidente del Colegio de Farmacéuticos de Mendoza, informó a Infobae que la institución había interpuesto un «recurso de amparo e inconstitucionalidad» contra los artículos relacionados con el ejercicio de la profesión farmacéutica.

La Justicia Federal de Mendoza ha decidido suspender los artículos que permitían la venta de medicamentos sin receta, conocidos como de venta libre, fuera de las farmacias, estableciendo que ahora deben ser dispensados exclusivamente en las farmacias. El presidente del Colegio de Farmacéuticos de Mendoza resaltó la importancia de esta medida al considerar que no debería haber venta en otro lugar donde no haya un farmacéutico responsable presente. Además, emitió un fallo en línea con la decisión tomada en abril por la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, la cual suspendió tres artículos del DNU 70/2023 que formaban parte de la desregulación en el ejercicio de la profesión farmacéutica en todo el país.