En la causa, el exintendente de Morillo Atta Gerala fue absuelto por falta de pruebas, mientras que un suboficial recibió tres años de prisión condicional e inhabilitación perpetua: ¿el hilo se corta por lo más fino?
El Tribunal Oral Federal 2 absolvió este miércoles al exintendente de Morillo, Atta Gerala, en el marco de la causa conocida como “Robo de rieles”, al considerar que no existían pruebas suficientes para sostener su responsabilidad penal. En el mismo fallo, el oficial subayudante Mauro Rodríguez fue condenado a tres años de prisión condicional, inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y restricciones de residencia.
La audiencia final comenzó a las 14.30, cuando el tribunal —integrado por el juez Domingo Batule (presidente), Gabriela Catalano y Diego Matteucci— ofreció a los acusados su última oportunidad de declarar antes de la deliberación. Tanto Gerala como Rodríguez optaron por no hacer uso de la palabra.
Gerala había llegado a juicio acusado de contrabando de mercadería triplemente agravado —por la cantidad de intervinientes, su condición de funcionario público y el valor de lo sustraído— en calidad de partícipe primario. También enfrentaba cargos por robo agravado en despoblado y en banda, y malversación de caudales públicos como autor. Sin embargo, tras poco más de media hora de deliberación y luego de una extensa exposición de fundamentos que se prolongó por más de tres horas, el tribunal resolvió su absolución.
Los jueces reconocieron el “enorme trabajo” de la fiscalía en la producción de pruebas, pero entendieron que estas no lograron quebrar el estado de inocencia del exintendente, al carecer de la contundencia necesaria para acreditar su participación directa en los hechos.
Distinta fue la situación del oficial Mauro Rodríguez, quien se desempeñaba como jefe del destacamento policial de Pluma de Pato. El tribunal consideró acreditada su responsabilidad en el delito de cohecho pasivo, al valorar como evidencia comunicaciones mantenidas con José Miguel Gerala, hijo del exintendente. En esos intercambios se hacía referencia a la liberación de la zona para permitir el paso de camiones que transportaban rieles.
Tras declararlo culpable, se llevó adelante la audiencia de determinación de pena. La fiscalía, representada por el fiscal general Eduardo Villalba y la auxiliar fiscal Roxana Gual, solicitó una condena de tres años de prisión condicional, inhabilitación perpetua y reglas de conducta, incluyendo la prohibición de residir en Pluma de Pato debido a amenazas previas contra pobladores, en su mayoría integrantes de comunidades originarias.
La defensa pidió la pena mínima de un año de prisión condicional, pero el tribunal resolvió aplicar la sanción solicitada por la fiscalía. Además, dispuso que Rodríguez no podrá residir ni circular en el departamento Rivadavia Banda Norte, especialmente en la zona de Pluma de Pato.




