La Municipalidad extendió el beneficio del pago anual, con un descuento del 50%, del Impuesto Inmobiliario y la Tasa General de Inmuebles para jubilados.

La Municipalidad dispuso diferir la fecha del pago anual de la Tasa General de Inmuebles e Impuesto Inmobiliario, hasta el 31 de julio, para los jubilados que cuenten con el beneficio del 50% de descuento y que realicen la tramitación por primera vez.

Así lo determinó la Dirección General de Rentas a través de una resolución en la que se indica que a raíz de numerosas presentaciones de contribuyentes jubilados encuadrados en la Ordenanza 12.696 “se resolvió diferir la fecha de pago de ambos tributos hasta el 31 de julio”.

Esa ordenanza municipal del año 2006 dispone una reducción del 50% para el pago de la Tasa General de Inmuebles e Impuesto Inmobiliario sobre las propiedades de contribuyentes jubilados que sean titulares de una única vivienda y que no resulten alcanzados por el beneficio de la exención total.