En medio de la coyuntura electoral, siguen sin publicarse informes de Auditoria. En lo que va del 2015 sólo se publicó uno, mientras para esta altura del año pasado ya se habían publicado nueve que en su mayoría reflejaban las irregularidades cometidas por los intendentes en el interior provincial. 

Ya lo habíamos advertido hace dos semanas, pero la conducta de las autoridades de la Auditoría de la provincia es inquebrantable: en el año electoral dieron muestras cabales de que no publicarán informes que puedan evidenciar el funcionamiento de muchos organismos públicos, particularmente las intendencias que suelen ser las que mayores irregularidades concentran.

En lo que va del año sólo lleva publicado un informe (el que evaluaba el funcionamiento del Hospital de Campo Quijano), cuando en igual periodo del año pasado los informes definitivos en la web del organismo ya se habían publicado nueve: siete sobre el funcionamiento de municipios (Metán, El Jardín, El Tala, La Candelaria, Güemes y Vaqueras), más uno sobre el Ente Regulador de Servicios Públicos y otro sobre la Dirección General de Rentas.

La ausencia de esos informes siempre favorece al oficialismo gubernamental en tanto esos documentos evalúan la calidad del funcionamiento estatal. Aspecto que en una provincia como la nuestra deja mucho que desear en tanto la mayoría de las evaluaciones arrojan resultados negativos. Sea porque se violan los procedimientos contemplados por la ley, o también porque se deja al desnudo manejo de los recursos públicos sospechados de ser abiertamente delictivos.

Los intendentes son pieza clave de esos manejos turbios que pueden sintetizarse con la violación de la Ley de Contrataciones que establece el proceder de los organismos públicos a la hora de usar el dinero del pueblo a partir de ciertos montos, los escasos mecanismos de control interno de los municipios que aseguren la legalidad de los procesos y las resistencias de los intendentes a artículo 169 de la constitución que establece que están obligados a proveer información a los auditores; o en casos más graves aun cuando los auditores dejan constancia sobre las fuertes sospechas de que los jefes comunales han cometido delito y solicitan la aplicación de la normativa contemplada en la Res. A.G.P.S. Nº 20/04 que aprueba el Reglamento de Investigaciones Sumarísimas “para fundamentar la acción judicial tendiente a hacer efectiva la responsabilidad civil de los agentes y funcionarios, ante la existencia de un perjuicio de significación para el Fisco”.