Ayer a las 13,18 horas, ingresó a la Fiscalía Penal Nº 1 de Orán la denuncia contra el intendente Marcelo Lara Gros. Es por las fumigaciones aéreas que practicó sobre la ciudad para combatir la epidemia del dengue.

Las fumigaciones ocurrieron el pasado domingo en horas de la mañana y de la tarde. La denuncia, por su parte, fue presentada por el letrado PABLO CARDOZO CISNEROS y Cuarto Poder tuvo acceso al contenido de la denuncia y a continuación lo reproducimos íntegramente:

                                        I.- OBJETO:

                                           Que vengo a interponer formal denuncia penal a los fines que se investigue la conducta del Sr. Intendente Municipal de la Ciudad de Oran Sr. Marcelo Lara Gros y en contra de otros funcionarios municipales y/o provinciales por la probable violación del art. 26 de la Ley N° 7812 de Protección de La Salud Humana y/o por la presunta comisión de delito/s contra la salud previstos en el Capítulo IV, Titulo VIII del Libro Segundo del C.P., ello según los hechos que seguidamente se exponen.

                                        II.- HECHOS:

                                           Que la investigación que se solicita, por la calificación que Vd. considere en orden a la violación de leyes provinciales y/o por haber puesto en peligro la salud de los habitantes de la Ciudad de San Ramón de la Nueva Oran y/o por el tipo penal que surja de la investigación que se peticiona el elevado criterio de V.S. esta relacionado con los hechos que pasamos a describir:

                                            A modo de introducción transcribo las partes pertinentes que en el articulado pertinente reza:

Art. 26.- Prohibese la aplicación aérea sobre las zonas urbanas y suburbanas, y sobre la zona perimetral externa correspondientes a estas, hasta una extensión de tres mil (3.000) metros, de productos fitosanitarios de uso agropecuario, de las clases toxicológicas Ia, Ib y II.

Asimismo, prohibese la aplicación aérea sobre las zonas urbanas y suburbanas, y sobre la zona perimetral externa correspondientes a estas, hasta una extensión de quinientos (500) metros, de productos fitosanitarios de uso agropecuario de las clases toxicológicas III y IV.

                                       Queda patente y por razones de evidente y notorio conocimiento público, que el domingo próximo pasado (17 de abril de 2016) se ha ordenado el sobrevuelo de aviones fumigadores con productos agroquímicos del Tipo IV y que claramente contravienen la normativa citada, procedimiento ordenado por la autoridad municipal local y, probablemente por autoridades provinciales, lo que solicitamos se investigue.

                                     Solicita medida cautelar de pronto y preferente despacho:

                                      También de manera sucinta y ante la publicitada repetición de fumigación aérea a realizarse el día Jueves 21 de abril de la corriente semana, a que se solicite la suspensión, de manera cautelar, de este tipo de actividades que han sido planificadas por el municipio y, según especie periodística, por el Gobierno de la Provincia de Salta, ello por estar en contradicción con la norma repetidamente citada y por considerarse tal actividad como nociva para la salud humana.

                                    Que lo que vengo a solicitar es de tan manera evidente y urgente que huelga la formulación de mayores argumentos, ello sin defecto de posterior ampliación en cuanto a los fundamentos y a la extensión de esta denuncia a otros tipos penales y personas que pudieren estar involucrados.

                                             Proveer de confomidad, por ser

                                                                        JUSTICIA