El miércoles pasado se formalizaron los cuatro frentes que competirán en las PASO del 12 de abril. De allí saldrán los elegidos para disputar la gobernación y la intendencia el 17 de mayo. Salta será la primera en ir a las urnas en el país y en elegir dentro de una serie de cuatro a cinco elecciones durante el año. (Garrik)
Las alianzas finalmente quedaron conformadas de la siguiente manera: el Frente Justicialista Renovador para la Victoria está compuesto por 36 fuerzas políticas, que incluyen al Partido Justicialista, el Partido Renovador, el Frente Grande y también el Movimiento Libres del Sur. En tanto, el Frente Romero + Olmedo está conformado por 18 fuerzas políticas. Otro frente es el presentado por UCR-Unen-Partido Socialista, mientras que la cuarta alianza electoral inscripta es la del Frente Popular, integrado por el Partido Instrumento Electoral y el Partido Unidad Popular.
Cuándo se elije
Los salteños elegiremos entre cuatro a cinco veces, dependiendo si hay ballotage en la elección presidencial. Seremos los primeros en el país en acudir a las urnas en las primarias el próximo 12 de abril, seguidas de las generales provinciales el 17 de mayo. Posteriormente votaremos en las primarias nacionales del 9 de agosto y en las generales del 25 de octubre. En caso de ser necesario segunda vuelta (ballotage) la fecha límite para su realización será el 24 de noviembre.
Qué se elije
En las elecciones provinciales elegiremos gobernador y vicegobernador de la Provincia, senadores provinciales, diputados provinciales e intendentes y concejales municipales. Los departamentos que renuevan senadores provinciales son 11: Anta, Cerrillos, Iruya, La Candelaria, La Viña, Metán, Orán, Rivadavia, Rosario de la Frontera, San Martín y Santa Victoria, mientras que en diputados son 15 departamentos en los que habrá renovación: Capital, Cerrillos, General Güemes, Rosario de Lerma, Guachipas, La Caldera, La Candelaria, La Poma, La Viña, Los Andes, Molinos, San Carlos, Santa Victoria, Orán y San Martín.
A nivel nacional se elige presidente y vicepresidente de la nación, también se renuevan 24 senadores y 130 diputados nacionales. Salta elegirá 4 diputados nacionales y 1 parlamentario del Mercosur.
PASO
Por segunda vez, los salteños iremos a las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias para elegir gobernador y presidente de la Republica. La ley de Reforma Política, sancionada a fines del 2009 y aplicada por primera vez en 2011, introdujo las elecciones las PASO como una novedad en la historia eleccionaria de nuestra Nación.
De esta forma, todas las agrupaciones políticas que pretendan competir en las elecciones generales deberán presentarse en las primarias y superar el piso del 1,5% de los votos válidos emitidos del distrito correspondiente. Dicho porcentual, en términos nominales, significaron en 2011 alrededor de 7.500 votos en nuestra provincia, y a nivel nacional unos 320.000 (actualmente con el sufragio voluntario a partir de los 16 años, el padrón electoral se incrementará un 4,5%, es decir, más de un millón de nuevos electores).
Es por esto que las PASO operan como un filtro para muchas agrupaciones que no superen aquella valla, lo que reduce la oferta electoral para amplios sectores de la ciudadanía que se hallarán sin representación genuina en la general. Las PASO son obligatorias para todo el electorado, se esté o no afiliado a algún partido político. Por ello no hay que confundirlas con las internas, ya que en estas votan solo los afiliados, no es obligatoria y se rige por la carta orgánica de cada partido.
Hacer los deberes
Otra novedad que se introdujo en las elecciones del 2013 fue el voto de los menores de 16 años, luego de que el oficialismo nacional sancionara la ley 26.774, en la que consagró que: “Son electores los argentinos nativos y por opción, desde los 16 años de edad, y los argentinos naturalizados, desde los 18 años de edad, que no tengan ninguna de las inhabilitaciones previstas en esta ley”. Dicho derecho será optativo y no podrán, entre otras cosas, ser presidentes de mesa. En nuestra provincia se calcula que estarán habilitados unos 40.000 jóvenes.
Asimismo, hay que tener en cuenta que en las elecciones primarias podrán incluso votar menores de 15 años que cumplan los 16 hasta el mismo día de la elección general nacional. “Los padrones provisionales están compuestos por los datos de los subregistros de electores por distrito, incluidas las novedades registradas hasta 180 días antes de cada elección general, así como también las personas que cumplan 16 años de edad hasta el mismo día del comicio”. Varias provincias argentinas ya se adhirieron a la ley. En Salta la adhesión es automática porque en las elecciones provinciales se vota con el padrón nacional.
A no faltar
El Código Electoral establece las sanciones para aquel elector que no se presente a votar sin causas que lo justifiquen. El artículo 125 establece que se impondrá multa de cincuenta ($ 50) a quinientos ($ 500) pesos argentinos al elector que dejare de emitir su voto y no se justificare ante cualquier juez electoral de distrito dentro de los sesenta días de la respectiva elección. Cuando se acreditare la no emisión por alguna de las causales que prevé el artículo 12, se asentará constancia en su documento cívico (como por ejemplo el tener más de 70 años o estar a más de quinientos kilómetros del lugar donde se debe votar). Tampoco podrá el infractor desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.
Ahora bien, con respecto a la multa dineraria, la norma quedó desactualizada, ya que la moneda a la que hace referencia, el peso argentino, fue la denominación que tuvo el dinero en el país desde 1983 a 1985, el cual fue luego reemplazado por el austral y actualmente por el peso actual. Por lo que, de aplicarse la multa, la misma se establecería en un rango que va de $0,0005 a $0,00005. En conclusión, al ser una cifra irrisoria quedó desactualizada y por lo tanto inaplicable.
“La multa está expresada en una moneda que no tiene curso legal, por lo que no corresponde su aplicación”, indicó Alejandro Tulio, director nacional electoral. Pero aclaró que esto no exime al ciudadano de hacer el trámite ante la Justicia para que ésta aplique el sello de justificación de la no emisión del voto que habilite a la persona a ser designada en empleos públicos o realizar trámites ante organismos públicos.
En fin, más allá de las sanciones que se puedan o no aplicar, creemos que la más importante de todas sería aquella que, como consecuencia de no ejercer el voto, resulte ganador un candidato que ejerza su mandato contra los intereses de la mayoría y en beneficio de una minoría. Por eso, a no faltar y a hacerse cargo de la responsabilidad de ciudadanos que supimos conseguir.