La Sala II de la Cámara Federal de Salta dictó una sentencia en relación a la movilidad de las jubilaciones y pensiones y determinó que se debía haber concretado un aumento de más del 50 % y no del 35,3%.

Apoyándose en el fallo Caliva de sus propias autorías, en el caso «Marquez Raimundo c/ANSeS s/ Reajustes Varios», los jueces Alejandro Castellanos, Mariana Catalano y Guillermo Elía que habían determinado que los aumentos de 2020 no podrían ser inferiores a los incrementos de la ley de alquileres (ley 27.551), ahora resolvieron que la movilidad que corresponde a 2020 es del 50,31%.