La información que circuló en redes refiere al caso de una niña de Concordia a quien se le practicó una Interrupción Legal del Embarazo (ILE). Pero, según señalaron tanto el abogado de la menor como el Ministerio de Salud de la provincia, es falso que haya vivido luego de la intervención.

Circulan en Facebook posteos (ver acá, acá y acá) con imágenes acompañadas de un texto que señala: “Bebé abortado agonizó diez horas”. El título hace referencia a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) que se le practicó a una niña que fue violada en Concordia, Entre Ríos, pero ese título es falso, según pudo comprobar el portal de noticias Chequeado.

Los posteos, que tuvieron hasta 36 mil compartidos en Facebook -según las publicaciones-, están acompañados de una foto de la jueza de Familia Belén Esteves y de la siguiente leyenda: “Esta es la mujer que ‘facilitó’ que en el Hospital Masvernat de Concordia se realizara un aborto de un niño de cinco meses de gestación, que los médicos negaban realizar, los primeros días de diciembre. El bebé, que nació vivo, sobrevivió diez horas sin que nadie se animara a matarlo, o atenderlo, ya que se había ordenado su muerte mediante ‘la interrupción voluntaria del embarazo’ y fue abandonado en una chata” (sic).

Vamos a los hechos. El embarazo al que se hace referencia fue producto de una violación y el hospital tardó en aplicar el Protocolo de Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo nacional al cual adhiere Entre Ríos. Este protocolo está permitido por la ley argentina a partir del caso F.A.L. en casos de violación o de peligro para la vida y la salud de la mujer o abuso de mujeres dementes. Ambas informaciones fueron confirmadas a este medio por el abogado de la menor, Pedro de La Madrid.

Respecto del título de los posteos, distintas fuentes confirmaron que el feto no sobrevivió al procedimiento. El Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos se pronunció sobre el tema y sostuvo en un comunicado que la información acerca de la sobrevida del feto es falsa.

Además, desde la cartera entrerriana de Salud sostuvieron que se prevé sancionar a “profesionales de la salud del ámbito público estatal” al referirse a la ILE realizada a la niña, ya que habrían violado el secreto profesional al revelar datos del procedimiento, según el Ministerio.

De La Madrid, el abogado de la niña, también señaló a Chequeado que las versiones respecto a la sobrevida del feto son “absolutamente falsas”. Relató que la niña “expulsó el feto y la placenta en el inodoro e inmediatamente fueron depositados en un frasco con formol. En la puerta de la habitación había un policía que tomó el frasco con formol, se hizo un acta y se lo llevó. Esa sobrevida de diez horas es un invento atroz, morboso y muy macabro”.

Por otro lado, según medios locales, el cabo de policía Raúl Pignataro prestó declaración judicial y reconoció que recogió el feto pocos minutos después del procedimiento. A su vez, el fiscal José Arias -a cargo de la investigación por abuso sexual de la menor- confirmó que “el feto está en mi poder desde el momento en que el cabo de policía me lo entregó”, que fue poco después de las 14.45 horas del día 10 de noviembre, según lo publicado por Diario Junio, un medio local entrerriano.

Periodistas de la provincia difundieron un texto que circuló por WhatsApp en donde más de 120 comunicadores firmantes repudiaron la información falsa difundida por un artículo de El Entre Ríos, un medio local.

“Rechazamos la maniobra ejecutada por el periodista de Concordia[N. de R.: se refieren a Osvaldo Bodean], que consideramos es guiada por su postura abiertamente antiderechos, y coincidimos con el documento del Ministerio de Salud que sostiene que se trató de una ‘manipulación perversa’ de los hechos para intentar instalar en la sociedad una falsa idea de lo que efectivamente ocurrió: la aplicación de la legislación vigente en pos de proteger los derechos de una niña de 13 años”, indicaron los periodistas.

Respecto a la jueza, el Poder Judicial de Entre Ríos sostuvo mediante un comunicado que la titular del Juzgado N° 2 de Familia de Concordia, Belén Esteves, “informó que ningún juez de esa ciudad otorgó autorización judicial para la interrupción del mencionado embarazo, dado que se trata de un caso no judiciable por existir normativa que regula el aborto no punible”. Sólo hubo un pedido de audiencia por parte de los padres de la menor, que fue fijada, “y luego quedó suspendida a pedido de los propios solicitantes, atento la aplicación de protocolos que nuestra normativa establece para este tipo de casos”.