Por Sebastián Aguirre Astigueta
Es intención de la presente nota de opinión hacer unos comentarios a un fallo de la
Justicia Provincial en materia de Amparo que declaró inconstitucional la normativa y la
conducta del Ministerio de Educación de la Provincia de Salta con base en el Estatuto del
Educador, por el cual no sólo se niega el acceso a la función docente a extranjeros en la
Provincia sino que además, se los expulsa de su trabajo, indebidamente.
Se trata del caso “Buzo” por el que se condenó la discriminación a una docente
uruguaya de Diseño de Indumentaria de una escuela de Bellas Artes de Cafayate, que
curiosamente, había ingresado a la docencia en esa Escuela ganando un concurso (hace
más de una década), y es incluso una destacada artista de los Valles Calchaquíes que ha
viajado por el mundo mostrando la producción y el arte local.
Me interesa detenerme en una cuestión. Se deslizó por parte del Ministerio un
argumento en torno al cual la idea de base en el Estatuto para discriminar a extranjeros
es que, el docente conozca y participe de la cultura del lugar donde ejerce la docencia y
los intereses de los alumnos del lugar que la habitan.
“Es necesario y útil” dice la Provincia “… que el educador pueda transmitir a sus
discípulos el acervo cultural propio del lugar donde residen, enseñar y comprender los
valores y costumbres inherentes a dicha comunidad, de pertenencia, cuestiones éticosculturales, el contexto histórico y especialmente, el social (…). En ese sentido se dijo que
“El requisito de la nacionalidad está dado por el conocimiento y compromiso con los
intereses del pueblo que habita adquiridos por el hecho de encontrarse efectivamente
nacionalizado”
Lo curioso del caso es que la docente uruguaya, afincada hace más de 15 años en
el Valle Calchaquí, es una de las voces más autorizadas para transmitir el acervo cultural
propio del lugar donde reside y enseña, vinculado a saberes ancestrales en torno al
diseño textil y la cultura del lugar. La materia que allá enseña, por lo demás, no se vincula
solo al acervo cultural estrictamente vinculado al lugar sino que ondea en lo universal: el
diseño textil, la significación de la prenda en la cultura, los modos de producción en
cualquier parte del mundo, con base en distintas concepciones estéticas a lo largo del
tiempo y el espacio.
El juez Lavaque de la Sala II, fue contundente en calificar de irrazonable el
argumento y hasta contradictorio con los hechos reales en el que Buzo acredita
conocimiento y compromiso con los intereses del Valle Calchaquí: “Más allá de las
buenas intenciones y de la innegable importancia del patrimonio cultural, las
apreciaciones de la Fiscalía de Estado no logran acreditar prima facie la estricta
vinculación entre el dominio de la cultura con la docencia, menos aún con el diseño de
indumentaria, cátedra de la que fue excluida la amparista “.
“Esta desconexión se aprecia de la lectura del mensaje de inicio en la web oficial de
la Escuela de Bellas Artes, cuando define al diseño de Indumentaria como “…la actividad
creativa que se ocupa del proyecto, planificación y desarrollo de los elementos que
constituyen el vestir, para lo cual deben ser tenidas en cuenta las necesidades humanas,
los conceptos técnicos y socio-económicos adecuados a las modalidades de producción
y las concepciones estéticas que reflejan las características culturales de la sociedad” (v.
https://epba-sal.infd.edu.ar/sitio/tecnicaturasuperior-en-textil-e-indumentaria).
De esas apreciaciones cuesta deducir algún fundamento que supere un escrutinio
estricto para establecer la nacionalidad argentina como requisito para la cátedra de la
docente uruguaya, pues el contenido da cuenta de que se trata de una enseñanza
universal y abstracta sobre diseños y textiles, propia de cualquier educador capacitado
en la materia, sea este nacional o extranjero.”
Agrega el fallo anotado: “Pero aún cuando se entienda que la exigencia de la
nacionalidad es razonable en tanto hace presumir el conocimiento de la cultura, y que
ese saber es indispensable para la carrera de indumentaria, tampoco podría aplicarse la
restricción al caso, porque la amparista, además de su solvencia técnica, ha demostrado
sobrado conocimiento sobre la cultura local”.
Para ayudar a esta conclusión, se valora una carta de recomendación de la propia
Directora de la Escuela de Bellas Artes, Tomás Cabrera, concepto que sobre Buzo
destaca sus logros académicos y el conocimiento del patrimonio cultural del Valle
Calchaquí.
Así, en la carta conceptual de octubre de 2025, la máxima autoridad de la escuela
dijo textualmente que “Su trabajo se distingue por una profunda articulación entre la
práctica artística, la investigación material y el compromiso educativo (…) Formada como
técnica superior en diseño de productos con orientación en indumentaria (…) y en artes
visuales, complementa su trayectoria con posgrados y diplomaturas en Gestión de
Proyectos Culturales, Diseño de Indumentaria y Montaje de Espacios Culturales. Su
investigación artística y pedagógica se centra en el estudio de fibras naturales,
especialmente el lino argentino, en el marco del proyecto Linera Kamayana, una iniciativa
patrimonial de recuperación y revalorización de esta fibra única en el país. En
representación de la Argentina, la profesora Buzo ha obtenido importantes becas de
carácter formativo y cultural, otorgadas por la fundación Willians, el Fondo Nacional de
las Artes, el programa Gestionar Futuro y el Fondo Ciudadano de Desarrollo Cultural,
entre otros. Su participación en la ICNF Conference ON Natural Fibers 2023 en Madeida,
Portugal, con el proyecto Linera Kamayana, significó un valioso aporte a la investigación
y proyección internacional de la producción textil argentina, fortaleciendo los lazos entre
arte, ciencia y territorio.”
El fallo finaliza con una conclusión elocuente “Estas experiencias, además de
enriquecer su práctica profesional, han repercutido directamente en su labor docente,
promoviendo la transferencia de conocimiento y proyectos educativos que vinculan a la
institución con la comunidad local y las redes nacionales e internacionales dedicadas a la
innovación textil y la sostenibilidad. Desde la cátedra, la profesora Buzo impulsa una
pedagogía situada, que reconoce la riqueza cultural y material del Valle Calchaquí como
fuente de aprendizaje (…) (v. carta de la licenciada Ana Panozzo en ac. 15846343).
Tenemos entonces que, en los hechos existe un compromiso concreto de Buzo
como educadora y como artista, que su trabajo se distingue por una profunda
articulación entre la práctica artística, la investigación material y el compromiso educativo
que el Ministerio de Educación debió valorar y no despreciar. “Su compromiso con la
educación pública se evidencia concretamente en cada instancia de su práctica educativa
en instituciones de la Provincia de Salta: en la planificación, la investigación, el
acompañamiento y la creación colectiva”. Como dice la Directora de la Escuela de Bellas
Artes de la Escuela Tomás Cabrera: “A través de su enseñanza, propone una educación
artística consiente, sustentable y profundamente vinculada al territorio, que teje vínculos
entre el conocimiento, la identidad y la materia viva del paisaje”. No debió ser
discriminada.
Concluyo con lo siguiente. No sólo la Provincia daña un orden objetivo de valores
relativo a la igualdad de las personas basada en su igual consideración y respeto de su
dignidad, que viene de los orígenes de la nacionalidad argentina y su Constitución
(expresada en el Preámbulo, como contrato social abierto) sino especialmente ese
proyecto público de bienestar general con el aporte de la inmigración, favorecida
expresamente por la Constitución de la Nación Argentina y dañado por el Estatuto del
Educador Provincial, que confundiendo nacionalidad y ciudadanía, atenta contra la
enseñanza universal y un proyecto de Nación Argentina abierto al mundo civilizado.




