El subsidio cubrirá el traslado de los bomberos desde sus hogares hasta sus lugares de trabajo.

 

En la sesión de la cámara alta de ayer se aprobó el Proyecto de Ley en revisión por el cual se incorpora el artículo 21 bis a la Ley 7.037, referente a que el Poder Ejecutivo Provincial otorgue periódicamente un subsidio de movilidad a los bomberos voluntarios de la Provincia. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

En el mismo se establece que el Poder Ejecutivo Provincial otorgará periódicamente un subsidio de movilidad a los bomberos voluntarios de la provincia de Salta con el objeto de cubrir el costo del traslado desde sus domicilios hasta los cuarteles en donde presten servicio.

Por su parte, el Senador Miguel Calabró solicitó a la Cámara de Diputados trate el proyecto de ley con media sanción del Senado que tiene por objeto establecer los presupuestos mínimos de protección ambiental en materia de incendios forestales y rurales en todo el territorio de la provincia de acuerdo a lo establecido en la ley 26815.