La amplitud del DNU más polémico de los últimos 30 años tiene como centro de la discusión la cuestión laboral. Pero para su implementación se requiere del comodín que tienen Milei y Macri, el abogado Cuneo Libarona. Por José Veronelli 

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es un organismo especializado de las Naciones Unidas que se ocupa de los asuntos del trabajo y las relaciones laborales. Su objetivo es promover oportunidades para que mujeres y hombres puedan obtener un trabajo digno y productivo en condiciones de dignidad, libertad, equidad y seguridad.

 

Las condiciones laborales en “los estados de libre mercado” varían ampliamente. Pocos países con estas economías tienen altos estándares laborales, otros pueden enfrentar desafíos en este sentido, como es el caso de Argentina. Las condiciones laborales dependen de una serie de factores: la legislación laboral, las políticas gubernamentales, la cultura empresarial y la protección de los derechos laborales.

 

Algunos países que suelen ser considerados ejemplos en legislación laboral son Argentina y Chile en nuestro continente. Ambos han implementado medidas significativas en materia de derechos laborales y regulación del mercado laboral. En el mundo, países como Suecia, Dinamarca, Noruega y Finlandia son a menudo citados como ejemplos en legislación laboral, estos tienen sistemas laborales que priorizan la protección de los trabajadores, el equilibrio entre vida laboral – personal y un enfoque de equidad y seguridad laboral.

 

Algunos de los países con mejor salario promedio del mundo son los nórdicos como Suecia, Noruega, Dinamarca y Finlandia, y en menor medida Suiza o Luxemburgo. Estos suelen tener altos estándares salariales en comparación con otros a nivel mundial. Tienen fuertes sindicatos laborales que negocian en nombre de los trabajadores, una cultura de igualdad y equidad en el lugar de trabajo, altos niveles de productividad, y políticas gubernamentales que priorizan el bienestar social y la calidad de vida. Además, la educación, la inversión en capital humano y un enfoque en la innovación, también contribuyen a estos estándares salariales elevados.

 

En Argentina, históricamente los sindicatos sirvieron para representar y proteger los intereses de los trabajadores. Negocian en nombre de ellos para garantizar condiciones laborales justas, salarios equitativos, beneficios sociales, salud y seguridad en el lugar de trabajo, y otros aspectos relacionados con el empleo. Además, los sindicatos también pueden abogar por la mejora de las leyes laborales y participar en la resolución de disputas entre empleadores y trabajadores.

 

Algunos países con altas tasas de desempleo en diferentes momentos incluyen Uruguay, España, Colombia y varios países de América Latina. Los niveles de desempleo pueden variar ampliamente en diferentes regiones y dependen de factores económicos, políticos y sociales específicos a cada país.

 

En la industria tecnológica empresas como Google, Apple y Microsoft han sido conocidas por ofrecer salarios y beneficios muy atractivos a sus empleados, sin la presencia de sindicatos. Además, en países como Alemania y Japón, las relaciones laborales suelen ser colaborativas entre los empleadores y los empleados, lo que ha llevado a buenos salarios y condiciones laborales sin la influencia directa de los sindicatos en algunas empresas

 

Hasta que apareció el DNU del Presidente Javier Milei que interviene fuertemente en la cuestión laboral y que muchos indican ha sido redactado por el popular Federico Sturzenegger.  Hasta que apareció el juez en lo contencioso administrativo federal Enrique Lavié Pico que indicó tramitar los numerosos amparos que reclaman la inconstitucionalidad de todo el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70 y no solo las reformas laborales que ya fueron suspendidas en dos medidas cautelares previas.

 

El juez Lavié Pico le pidió al gobierno nacional que responda los amparos y le dio tres días para contestar el pedido de medida cautelar y cinco para la cuestión de fondo del reclamo, la inconstitucionalidad o no del más que polémico DNU.

 

Hay que recalcar que el mismo criterio tuvo la Cámara del Trabajo cuando dictó las medidas cautelares a favor de la CGT y la CTA que suspendieron los artículos que tratan sobre reformas laborales en el DNU. El tribunal consideró que es el fuero específico para analizar las reformas laborales. Pero, entonces entra en juego la proyección del escenario que el macrismo y Milei vieron venir, la carta maestra, un especialista en lo contencioso administrativo.

 

El abogado penalista Mariano Cúneo Libarona fue de los primeros en ser públicamente designados como ministro, responsable de la reforma de «despolitización de la Justicia», a sus 62 años, es la cara de la reforma del Poder Judicial, ámbito al que ingresó en 1981 en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal de Instrucción N° 23 y reconocido litigante de muchas figuras públicas y poderosas de la Argentina.

 

Aclaremos

 

El fuero contencioso-administrativo es un ámbito de la justicia encargado de resolver conflictos en los que la administración pública es parte o que versan sobre actos y disposiciones administrativas. Este se encarga de controlar la legalidad y legitimidad de los actos administrativos, incluyendo su inactividad y decisiones materiales al margen de la ley. Es el encargado de atender los recursos de los administrados contra resoluciones de la administración que les afecten.

 

En España por ejemplo, la Jurisdicción Contencioso-Administrativa es el orden jurisdiccional al que la Constitución encomienda este tipo de casos. El recurso contencioso-administrativo es un instrumento judicial que se interpone contra las disposiciones de carácter general o contra los actos de la administración pública que pongan fin a la vía administrativa, decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, o causen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

 

Así es como Cúneo Libarona termina siendo el as bajo la manga que desde el principio pensó el gobierno para poder sostener aunque sea provisoriamente los DNU y políticas públicas hechas ley. El futuro del Decreto 70 y la Ley Ómnibus es incierto, en tanto en última instancia es el poder legislativo quien puede o no sostenerlo y darle legitimidad. Sobre esto se puede especular mucho, pensando en los diputados de las provincias que en todos los casos, van a necesitar de la billetera de Nación ante la latente crisis económica que fogonea cada día el Gobierno Nacional y la suspensión de la famosa coparticipación.