La Cámara Federal de Casación Penal, ratificó el pasado miércoles, una condena a 12 años de prisión contra un peluquero salteño por el delito de trata de personas para explotación sexual, por someter a prostitución a menores de edad, entre ellas a una niña con discapacidad. Zahir

El peluquero salteño, de nombre José Guillermo Paoletti, fue acusado por los jueces de “captación, acogimiento y explotación de menores de 18 años, agravado por ser una de ellas menor de 13 años y por el uso de medios comisivos engaño y situación de vulnerabilidad de las víctimas”.

Fuentes judiciales precisaron que el imputado “captaba” a las adolescentes, en su mayoría de familias con serios conflictos sociales, las invitaba a comer y pernoctar en su vivienda, donde mantenía relaciones sexuales con ellas, y luego las obligaba a prostituirse con clientes de su peluquería, en la ciudad de Embarcación.

En cuanto a la niña de 12 años, la Cámara advirtió que “el imputado se aprovechó de una situación de vulnerabilidad”, a raíz de que “la menor padece de una discapacidad intelectual, tenía un hogar disfuncional y no contaba, evidentemente, por su edad y por esa diferencia de capacidades, con el necesario discernimiento para poder salvarse de las garras del encausado”.

Los camaristas Liliana Catucci, Eduardo Riggi y Mariano Borinsky confirmaron el fallo de primera instancia en una resolución de 22 carillas en la que rechazaron los argumentos planteados en la impugnación por los abogados defensores de Paoletti. “No se advierte en el fallo impugnado ningún déficit de motivación o atisbo de arbitrariedad que lo descalifique como acto jurisdiccional”, como pretendía la defensa, subrayaron en la resolución.

Asimismo, recordaron que “los jueces no se encuentran obligados a ponderar toda y cada una de las pruebas ingresadas al legajo sino que basta con relevar aquella que aparece conducente a la solución del caso”.

Ley nacional

La ley nacional Nº 26.364, sancionada en el año 2008, en su artículo segundo define como trata de personas a la captación, el transporte y/o traslado -ya sea dentro del país, desde o hacia el exterior-, la acogida o la recepción de personas mayores de dieciocho años de edad, con fines de explotación, cuando mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima, aun cuando existiere asentimiento de ésta.

Además, con respecto a los menores de edad, el artículo tercero establece que habrá trata aunque no mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima. El asentimiento de la víctima de trata de personas menores de dieciocho años no tendrá efecto alguno.

Denuncias

El gobierno nacional informó que se registraron 1.406 denuncias vinculadas al delito de la trata de personas a partir del lanzamiento en enero de 2012 de la línea telefónica gratuita 145. Según un informe elaborado por el Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata, en 2012 se recibieron 600 denuncias y 806 en lo que va de 2013, lo que representa un aumento interanual.

El 70 por ciento de los casos denunciados fueron por explotación sexual, mientras 12 por ciento de los llamados reportaban personas desaparecidas, el 5 por ciento estuvieron relacionados a la explotación laboral y 2 por ciento fue por publicidad vinculada a oferta sexual.

Esclavitud del siglo XXI

La trata de personas es una forma de esclavitud (sexual o laboral) que involucra el secuestro, el engaño o la violencia. Las víctimas de trata suelen ser reclutadas mediante engaños (tales como falsas ofertas de trabajo u ofertas engañosas que no aclaran las condiciones en las que se va a realizar el trabajo ofrecido) y trasladadas hasta el lugar donde serán explotadas. En los lugares de explotación, las víctimas son retenidas por sus captores mediante amenazas, deudas, mentiras, coacción, violencia, etcétera, y obligadas a prostituirse o trabajar en condiciones infrahumanas.

Los elementos principales son: la captación (mediante secuestro o engaño); el traslado (al interior de un mismo país, o entre países); la finalidad de explotación –principalmente sexual o laboral- mediante amenazas, violencia, coacción, etcétera.

Es decir que la trata de personas es un proceso que incluye diversas acciones: el reclutamiento o secuestro, el traslado (ya sea dentro de un mismo país, o entre diferentes países), la recepción y alojamiento de la víctima en el lugar de destino, y su explotación en un contexto de amenazas, engaño, coacción y violencia.

Esta secuencia de acciones es llevada a cabo por redes o asociaciones criminales (redes de tratantes) cuyos diferentes miembros identifican y reclutan a las futuras víctimas; organizan, gestionan y financian su traslado; son dueños, administradores o regentes de los lugares donde las explotan, o alquilan a las víctimas a terceros a cambio de una renta. Los tratantes se aseguran mediante amenazas, engaños, deudas y violencia que las víctimas no puedan -o crean que no pueden- salir de su situación de esclavitud. En general, los tratantes retienen los documentos de las víctimas como una forma más de coacción. En el caso de extranjeros y extranjeras, se los amenaza con deportarlos o meterlos presos en una cárcel.

A nivel mundial el negocio de la trata mueve más de 32.000 millones de dólares por año. Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), más de 12.3 millones de personas sufren situaciones laborales similares a la esclavitud. 4 millones son víctimas de la trata cada año. La mayor parte de las víctimas son niñas, niños y mujeres. Entre el 10 y el 30% de mujeres víctimas de la trata son menores de edad. En América Latina, 2 millones de niñas, niños y adolescentes son víctimas de explotación sexual comercial o laboral. []Otras finalidades de explotación son los matrimonios serviles, la mendicidad y la extracción de órganos.