La inclusión se encuentra establecida en diversas leyes pero en la practica las personas se encuentran con diferentes barreras para el acceso al aprendizaje y su participación social. Aunque el sistema de protección integral de personas discapacitadas (Ley 22431) establece que el Estado debe ocupar una proporción no menor al 4% de su planta no se cumple.

Hace poco se aprobó a nivel nacional el cupo laboral trans que establece el 1% de representación trans, travesti y transgénero en el sector público nacional, esto abrió el debate en torno a si dicha ley se hará o no respetar en Salta ya que actualmente ni el 4% del cupo laboral para personas con discapacidad es respetado o difundido.

Sobre el tema hablamos con Miguel Angel Reynaga, un hombre estudioso de las leyes sobre discapacidad y militante por sus derechos.

Sobre lo dispuesto por ley nacional nos comenta “la ley es la 22431  qué fue actualizada por otras leyes, porque cuando se aprobó esta quedaron por resolver muchas otras cosas, mediante decretos reglamentarios u otras leyes aclaratorias. En el caso de la 22431  en el capitulo 2, que se refiere al trabajo y a la educación, el articulo 8 dice; «el estado nacional, sus organismos descentralizado u autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas del estado, están obligados a ocupar personas discapacitadas que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo en una proporción no inferior al 4%  de la totalidad de su  personal».

Es importante recalcar que la ley no sólo habla del ámbito del estado también establece la inclusión de personas con discapacidad dentro del ámbito privado, por ejemplo en el título tercero  de la misma ley dentro de lo que son las disposiciones complementarias habla específicamente en el artículo 23 «los empleadores que concedan empleo a personas discapacitadas tendrán derecho al cómputo a opción del contribuyente de una deducción especial del impuesto a las ganancias, o sobre los capitales equivalente al 70% de las retribuciones correspondientes al personal discapacitado en cada período fiscal”.

De la deducción a la que se refiere el párrafo también se considerará a las personas que realicen trabajo a domicilio la opción a la que se refiere el presente artículo será por cada ejercicio fiscal.

El Estado no solamente no da cumplimiento a eso sino también por ejemplo en cuanto al trabajo dentro del organismo público cuando se concesionan pequeños comercios dentro del ámbito de los organismos públicos, hay muchos organismos que implementan la actividad de buffet, que brindan servicios para los empleados, la ley también establece de que las personas discapacitadas tienen prioridad para ejercer esa actividad; “el Estado no le da difusión a la ley ni tampoco el tema del sector privado”.

Empleo público

Reynaga señaló que los que gobiernan circunstancialmente se hagan los desentendidos y no le den trabajo a los discapacitados” y agrega “el principal negreador de los trabajadores es el Estado, en estos últimos años se ha convertido en un empleador bajo sistema de contratación  de contratos basura, hace mucho eran las pasantías que daban  para los chicos  que estudiaban  en la universidad y le pagaban migajas por la misma  responsabilidad de cualquier otro trabajador, no tenían ni obra social ni aporte previsional, luego esa modalidad se fue perdiendo y ahora sacaron la modalidad de contratación  de trabajadores monotributistas que es una forma de evadir la responsabilidad del estado en cuanto al aporte”.

Estas decisiones de las sanciones de las leyes del orden nacional son productos de organismos internacionales a los cuales la Argentina esta adherida se tratan de derechos sociales y los derechos políticos de las personas con discapacidad “en Salta no cumplimos con las disposiciones a nivel internacional ni con las que se crean en el país”.

Reynaga considera que en la provincia de Salta los acuerdos nacionales e internacionales se modificaron de una forma muy grosera “cuando uno adhiere a algo lo adhiere en el todo, sin embargo dentro de la provincia se produjo una adhesión parcial  por ejemplo la 6036  es la que adhiere a la ley nacional artículo 8 dice que el Estado provincial, sus organismos descentralizados y autárquicos, los entes públicos y estatales, las empresas  del estado  y municipalidades están obligadas a ocupar personas discapacitadas que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo  en una proporción no inferior al 2%”, o sea, se redujo la participación de las personas con discapacidad de un 4% a un 2%».

Discapacidad y accesibilidad a la educación-transporte

En el tema de la educación especial del primario y secundario desde hace bastante tiempo de alguna forma se fue agrandando el camino para que las personas con discapacidad  pueden acceder en igualdad de condiciones con los chicos de alguna manera considerados «normales» y puedan compartir el sistema educativo dice Reynaga “el problema surge cuando hablamos de este derecho de integrarse  se ve menguada su posibilidad porque muchos establecimientos públicos no tienen desde el punto de vista de la infraestructura lo suficiente para que una persona pueda ingresar, no es solo dar una matricula, los establecimientos deben tener la infraestructura necesaria ya que hay discapacidades  que afectan lo automotriz y otras que afectan el aparato cognitivo”.

Hay instituciones educativas que no cuentan con medidas o una construcción amigable con las personas que sufren algún impedimento motriz “esos chicos no pueden acceder tan fácilmente al sistema educativo, ejemplo un chico en silla de ruedas que va al colegio o a la escuela que tenga que acceder a los sanitarios, los sanitarios especiales de los establecimientos educativos son pocos  y no tienen casi nada, eso hace que los padres a veces duden de incorporar a su hijo al sistema educativo”.

No todas las escuelas en Salta están acondicionadas;“está el caso de los chicos con espina bífida, algunos no tienen control de esfínter, usan pañales, son de cualquier edad porque es una enfermedad para toda la vida, es imposible pensar que tenga que cambiarse un pañal en un baño de una escuela pública para poder hacerlo,  tiene que tener un lugar adecuado”.

Las personas llegan a determinada edad donde deciden abandonar el sistema educativo porque no se les da posibilidad ni se les garantiza a los medios necesarios para recibir la educación “conozco chicos qué son muy inteligentes y les gusta estudiar pero no pueden hacerlo dentro del sistema educativo por qué la infraestructura no les da la posibilidad».

Mejor circular por la calle

“Es complicado para un chico en silla de ruedas o en muletas transitar por las calles de Salta, las veredas  no cumplen con las legislaciones de que tienen que ser piso anti deslizables, no se puede modificar de alguna manera  el nivel de las veredas porque cualquiera tiene en su casa un garaje y modifica a través del garaje el nivel de la vereda por arriba o por abajo, entonces el chico lo que hace es transitar por la calle  con la silla de ruedas,  ya que le garantiza la calle  un poco más de posibilidades de trasladarse, por la Vereda es imposible”, explica Miguel el cual justamente posee una discapacidad motriz y sabe del asunto, esto expone como una persona debe elegir la calle para transitar con el peligro que significa, cuando esto no debería ser así.

Municipalidad

La municipalidad no infiere en las tareas que corresponden al privado en cuanto al mantenimiento de la vereda “es la municipalidad la que debe controlar de qué esto se haga pero no hay ningún control, se trata de que los frentistas cumplan con lo que establece la normativa  en cuanto a la construcción”. En cuanto a las rampas tienen que hacerlas el estado municipal es una infinidad de inconvenientes y barreras que tiene la persona discapacitada para poder transitar y acceder a la salud a la educación y a un trabajo,  hasta del transporte porque el sistema de transporte es uno los problemas más grandes.

Colectivos SAETA

Está establecido en la normativa aquí en Salta qué en el sistema de transporte cada dos colectivos debe pasar uno con piso bajo, con rampa de acceso hay líneas de colectivos en donde no pasa ningún colectivo con estas condiciones,  y los colectivos están, el problema es que no los sacan a la calle porque desde el punto de vista económico es una pérdida grande poner a esos colectivos a circular, significan un gasto para la empresa ya que el gasto de combustible es mucho mayor a la de una unidad común y queda el discapacitado sin Acceder al sistema de transporte, la empresa guarda los colectivos para discapacitados y no le importa dejar sin transporte a las personas que lo necesitan.

Las empresas privadas pueden hacer donaciones a instituciones de discapacitados lo que le va a permitir  reducir el impuesto a las ganancias,  sólo debe dirigirse al AFIP  y declarar que el impuesto a la ganancia será utilizado para ayudar a la fundación con discapacidad, pero hay gente que no lo sabe.

Para cerrar Miguel Ángel Reynaga lamenta de que haya en su totalidad políticos poco interesados en el tema “hay dirigentes políticos  que no están preparados desde el punto de vista del conocimiento, llegan a ser funcionarios públicos sin saber nada de leyes,  y muchos de ellos no tienen reparo en reconocer que son  neófitos en cuanto al conocimiento de las leyes, es muy lamentable porque uno puede no saber  pero cuando se tiene una responsabilidad ciudadana de ejercer un cargo político se tiene la obligación de acceder al conocimiento, no puede ser que un diputado un senador este cobrando un importante sueldo y sean capaces de reconocer de que pueden actuar con ineficiencia”.

Y comenta un hecho insólito; “en una ocasión quise entrevistarme con un concejal de Cerrillos  anduve detrás de él y se me escapaba, hasta que agarre y le mandé 10 preguntas por escrito  para que él pudiera por lo menos agarrar la ley, leerla, y a través de eso contestarme,  pero eligió el camino más fácil de decirme que no conoce nada de las leyes, hay otros funcionarios que dicen lo mismo yo les diría ándate a tu casa a descansar deja el lugar a unas personas que aún sin saber, tienen la actitud de aprender”.