La Fiscalía había solicitado la pena de prisión perpetua para el principal acusado a quien finalmente le dieron 18 años de prisión.

María José “Majo” Cabrera fue víctima de una brutal violencia ocurrida el 3 de diciembre de 2023, a la salida del boliche en Campo Quijano, cuando fue atropellada por los hermanos Ramiro y Federico López. Majo falleció días después producto de las graves heridas.

Sus familiares y amigas junto a organizaciones de mujeres estuvieron presentes en Ciudad Judicial, pese a que la mirada social y mediática sobre el caso no tuvo la trascendencia de otros casos de femicidios de selectas familias, sus allegados pudieron reconstruir que lo que le había ocurrido a su Majo fue un femicidio.

 

Esto fue corroborado por la fiscala que intervino de la Unidad de Femicidios, María Luján Sodero Calvet, quien representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia de debate contra Federico Javier López, acusado como autor de los delitos de homicidio calificado por alevosía y abuso sexual con acceso carnal (dos hechos), en concurso real; y contra Ramiro Nicolás López, acusado como partícipe secundario del mismo delito, en perjuicio de María José Cabrera.

En sus alegatos, la fiscal Sodero Calvet solicitó que Ramiro López sea condenado a 10 años de prisión de ejecución efectiva como partícipe secundario del delito de homicidio calificado por alevosía y para Federico López solicitó la pena de prisión perpetua como autor del delito de homicidio calificado por alevosía en perjuicio de María José Cabrera.

Luego de deliberar, el juez del distrito Centro, Marcelo Rubio, condenó a Federico Javier López a la pena de 18 años de prisión de ejecución efectiva como autor del delito de homicidio simple y abuso sexual con acceso carnal (dos hechos) en concurso real.

En sus alegatos, la fiscal Sodero Calvet solicitó que Ramiro López sea condenado a 10 años de prisión de ejecución efectiva como partícipe secundario del delito de homicidio calificado por alevosía y para Federico López solicitó la pena de prisión perpetua como autor del delito de homicidio calificado por alevosía en perjuicio de María José Cabrera.

A Ramiro Nicolás López lo absolvió en forma lisa y llana como partícipe secundario del delito de homicidio calificado por alevosía y ordenó su inmediata libertad.

Y haciendo lugar a lo solicitado por la Fiscal durante sus alegatos, ordenó que se remitan copias a la Fiscalía que por turno corresponda para que se investigue a las tres mujeres del círculo íntimo de los acusados, quienes viajaban en los automóviles, por la posible comisión del delito de falso testimonio y por la inacción evidenciada ante la situación de la víctima.