En junio de 2020, la Auditoría de la Provincia presentó una denuncia sobre irregularidades en el manejo de fondos por parte del exintendente saliente de Angastaco.
En un juicio abreviado, Eduardo Ramón Díaz, exintendente de Angastaco, fue condenado por peculado como autor, mientras que Alicia Elvira Ríos, agente sanitaria y esposa del exjefe comunal, fue condenada como partícipe necesaria del peculado y por falsificación de instrumento público.
La fiscal Penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos (UDEC), Ana Inés Salinas Odorisio, representó al Ministerio Público Fiscal durante el juicio. Tras admitir su culpabilidad, Díaz recibió una condena de tres años de prisión con suspensión de la ejecución y una inhabilitación absoluta perpetua. Por su parte, Ríos fue sentenciada a dos años y tres meses de prisión con suspensión de la ejecución, además de estar sujeta a reglas de conducta en ambos casos.
Como parte del acuerdo alcanzado con la Fiscalía, el exintendente y su esposa deberán reparar el daño ocasionado al municipio, depositando la suma de $1.000.000 en el día de hoy. Cabe destacar que el perjuicio auditado por la UDEC ascendió a $141.412,74 durante el año 2018.
Los hechos
El 6 de junio de 2020, la Auditoría General de la Provincia (AGPS) presentó una denuncia señalando irregularidades en el manejo de los fondos del municipio de Angastaco por parte del exintendente saliente. Durante el proceso de transición institucional en la Municipalidad de Angastaco, se descubrió que la Hostería municipal estaba siendo administrada por la esposa del exintendente desde diciembre de 2017, sin tener un contrato de concesión válido, y el responsable de las cobranzas del establecimiento no estaba registrado. Además, la esposa, quien también fue designada como Secretaria de Acción Social, utilizaba su cuenta personal de Mercado Pago para recibir pagos con tarjeta de crédito correspondientes a las reservas realizadas por los huéspedes a través de la página de Booking.
La investigación llevada a cabo por la Unidad de Investigaciones de Delitos Económicos Complejos obtuvo pruebas que respaldaban la denuncia realizada por la AGPS. Después de analizar los datos y las pruebas recopiladas, los investigadores confirmaron que Alicia Elvira Ríos recibía pagos por los servicios de hospedaje en la Hostería de dos formas: en efectivo, directamente de los huéspedes, y a través de tarjetas de crédito utilizando su cuenta personal de Mercado Pago. No se encontraron pruebas de que estos fondos hayan sido entregados a la Municipalidad.
El exintendente de la Municipalidad de Angastaco era responsable de la administración de la Hostería, incluyendo los gastos y la recaudación de los ingresos generados por los servicios de restaurante y hospedaje. Sin embargo, designó a su esposa como encargada sin seguir los procedimientos administrativos necesarios. Además, según las declaraciones de la esposa ante las autoridades de la AGPS, ella se encargaba de administrar y recibir los ingresos generados por la explotación de la Hostería. Estas circunstancias llevaron a que Salinas Odorisio acusara a Eduardo Ramón Díaz por peculado y a su esposa como partícipe necesaria.
La fiscal de la UDEC también presentó acusaciones de falsificación de instrumento público contra la esposa. En su defensa, ella había presentado la Resolución 33/18 bis como prueba de su designación como encargada de la Hostería. Sin embargo, la Municipalidad de Angastaco informó que no existía tal registro en el Libro de Actas de Resoluciones.