Dos estafadores fueron condenados a tres años de prisión condicional por haber timado a ocho personas. Se trata de Magdalena del Carmen Flores y Marcos Arnaldo Navarro.
Magdalena del Carmen Flores y Marcos Arnaldo Navarro fueron condenados a tres años de prisión condicional por haber realizado estafas diversas.
Según se informó, Flores fue condenada por un delito de estafa en grado de tentativa y siete estafas reiteradas. Navarro, por seis estafas reiteradas.
El juez Guillermo Pereyra, vocal de la Sala VI del Tribunal de Juicio, ordenó a Navarro fijar residencia, notificar cualquier cambio de domicilio al Tribunal y someterse al cuidado del Patronato. También prohibición total de acercamiento y contacto con las víctimas en los lugares que ellas frecuenten y en sus domicilios, en un radio de 200 metros, como así también de realizar actos de violencia moral, psíquica o física en su contra; abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas; adoptar empleo o trabajo lícito acorde a su capacidad y propender a la conclusión de sus estudios secundarios. Todo ello durante el término de tres años, debiendo presentar todos los meses ante el Tribunal constancia que dé cuenta de su evolución y, en el caso de los estudios, hasta treinta días después de formalizada la matrícula o iniciado el ciclo lectivo pertinente.
En tanto que a Magdalena del Carmen Flores se le impusieron las siguientes reglas de conducta: fijar residencia, notificar cualquier cambio de domicilio al Tribunal y someterse al cuidado del Patronato; prohibición total de acercamiento y contacto con las víctimas en los lugares que ellas frecuenten y en sus domicilios, en un radio de 200 metros, como así también de realizar actos de violencia moral, psíquica o física en su contra; abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas; adoptar empleo lícito adecuado a su profesión declarada y capacidad; realizar trabajos no remunerados en la cooperadora de alguna de las escuelas donde concurren sus nietas, a cuyo fin deberá denunciar nombre de los establecimientos respectivos en el plazo de 30 días. Todo ello durante el término de tres años, debiendo presentar ante el tribunal, todos los meses, constancia que dé cuenta de su evolución.