Violencia económica, contactos de poder y el caso Johnston.
Por María Del Cerro.
El caso tiene como protagonista a John Hartwell Cocke Johnston, conocido empresario hotelero y propietario del hotel El Castillo en San Lorenzo. En 2020, Johnston fue denunciado por agredir a su expareja en presencia de la hija que ambos tienen en común, cuando la niña tenía diez años. Un hecho que dejó severas secuelas físicas y emocionales tanto en la menor como en su madre.
Tras el episodio de violencia física extrema, el sometimiento continuó por la vía patrimonial. Durante más de 16 años, Johnston incurrió en el incumplimiento sistemático de la cuota alimentaria, lo que constituye un cuadro claro de violencia económica y patrimonial, amparado en la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres y normativas internacionales de derechos humanos.
La paradoja del caso se agudiza al observar la dinámica de las representaciones legales.En la teoría, el Centro Comunitario ALFA se presenta institucionalmente como un espacio orientado al «acceso a la justicia», enfocado en la defensa de derechos y el acompañamiento de sectores vulnerables. Sin embargo, en la práctica y en los tribunales salteños, la realidad toma un giro irónico: la estructura y los abogados vinculados a esta organización terminan interviniendo para garantizar la defensa técnica y el blindaje judicial de un agresor imputado.
El anterior abogado de la víctima, el Dr. Lautaro Arias, terminó renunciando a la querella. Acto seguido, la defensa de Johnston fue asumida por la Dra. Sofía Isasmendi, abogada puesta por el entorno de ALFA.
Resulta contradictorio que un centro cuya premisa declarada es facilitar el «acceso a la justicia» termine articulando la defensa de un empresario hotelero denunciado por violencia económica severa y con condena previa por tentativa de femicidio. Actualmente, la representación legal de la víctima y su hija ha sido asumida por la Dra. Aparicio, quien busca resistir las maniobras de impunidad en los tribunales.
La violencia económica no es una simple omisión de pago; es un mecanismo continuado de control e imposición de vulnerabilidad. En este caso particular, la niña padece una alergia alimentaria crónica severa a nueve tipos de alimentos y sus derivados, lo que exige un tratamiento médico constante y dietas especiales de alto costo que han sido afrontadas de manera exclusiva por la madre.
A pesar del expediente que tramita en el Juzgado de Familia N° 1, a cargo de la Dra. Inés Villa Nogués, y la causa penal por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar (Ley 13.944) en la fiscalía de General Güemes, las respuestas institucionales han resultado funcionales al denunciado:
Tras 16 años de morosidad absoluta, Johnston realizó un único pago parcial tras ser imputado. Con ese solo comprobante, el fiscal Gustavo Vilar Rey solicitó el sobreseimiento del empresario.
Feminismo de superficie
El entramado familiar y político que rodea al agresor refleja los contrastes y acomodos dentro de las elites locales:
Mientras en los círculos sociales y profesionales cercanos se enarbolan banderas del feminismo progresista y la militancia por la salud pública (con figuras vinculadas a causas sociales y médicas), hacia el interior del conflicto se naturaliza el despojo económico y el impacto sobre la salud de niña.
La defensa actual de la víctima, a cargo de la Dra. Aparicio, exige que el juzgado de garantías interviniente rechace de manera contundente el sobreseimiento solicitado por el fiscal Vilar Rey, sostenga la imputación penal y eleve la causa a juicio oral por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar y violencia económica continuada.




