El fallo marca un precedente importante en materia de género laboral al entender que el despido de una empleada fue injustificado y sin tener en cuenta que la mujer es la encargada de tareas de cuidado de sus familiares.
El fallo de la Sala I de la Cámara del Trabajo confirma la condena a la empresa Silver Cross America INC S.A. por el despido de la Sra. L. E. B., elevando el monto indemnizatorio al reconocer que se trató de un despido discriminatorio, según publica Microjuris.
Un fallo de la Justicia del Trabajo condenó a una empresa a pagar daño moral por un supuesto despido discriminatorio de una mujer por faltas reiteradas, al considerar que no tener en cuenta la carga de tareas de cuidado familiar que debía afrontar fue discriminación por género.
Además, la sentencia aplica multas derogadas por la Ley Bases y dicta la inconstitucionalidad de los límites de la Ley de Modernización Laboral a la fórmula de actualización y la establece en el IPC más 3%, lo que eleva fuertemente los montos de una condena a 2021.
Razones de salud: al momento del despido, la trabajadora padecía una eventración umbilical que requería cirugía y tareas livianas, además de haber tenido licencias recientes por conjuntivitis y sospecha de Covid-19. La empresa conocía perfectamente este cuadro médico.
Razones de género (rol de cuidadora): se demostró que la Sra. B. era la única responsable del cuidado de su madre y de sus dos hermanos con discapacidad. El tribunal destacó que despedirla por las dificultades derivadas de estas tareas de cuidado constituye violencia laboral y discriminación de género, ya que castiga el papel social tradicional de la mujer como proveedora de cuidados.




