Se aprobó la creación de un Sistema de Retiro Anticipado para el personal de la planta permanente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.

El plan de retiro alcanza al personal que reviste en la planta permanente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero y que cumple con los requisitos que se detallan a continuación:

  • Edad: igual o mayor a 58 años al 31 de diciembre de 2024, o bien que acceda a dicha edad durante la vigencia del presente Sistema de Retiro Anticipado.
  • Acreditar la prestación de servicios mínima en ARCA (ex AFIP)

Personal no alcanzado:

  • Agentes que se encontraren sometidos a proceso penal o sumario administrativo del que pudieran surgir las sanciones de cesantía o exoneración o existiese perjuicio fiscal.
  • Agentes que registraren suspensiones preventivas, en el marco de las previsiones contenidas en el Régimen Disciplinario Unificado.
  • Agentes que hubieren presentado su renuncia y estuviere pendiente de aceptación.
  • Agentes que, al momento de solicitar su adhesión, tuvieren ausencias injustificadas por las cualesse les pueda aplicar la sanción de cesantía, aun cuando el trámite no estuviera iniciado.