El Juzgado Federal de Tartagal informó que el Banco Nación dejó sin efecto la subasta de territorios ancestrales en la Comunidad Yariguarenda. Amenazas, intentos de desalojo, discriminación racial en pleno siglo XXI, y la fantasia económica de la fé.

Por Mario Flores

Mientras que el diario El Tribuno y los comunicadores católicos de Tartagal mantuvieron silencio irrestricto sobre las declaraciones del sacerdote Rubén Sica (OFM) en una homilía donde tildaba de “paganos”, “oscuros” y “grupete de desgraciados” a la comunidad guaraní del paraje Yariguarenda, y dejaba un discurso de odio y discriminación al patrimonio ancestral y la cultura antropológica y espiritual de los pueblos originarios, con la misma dinámica de instalar en el debate social un posicionamiento parcial desde el periodismo provincial (que enaltecía las cualidades morales de Fray Rubén Sica al nivel de milagroso, cura con poderes sobrenaturales, cuando no único y exclusivo bienhechor de la pobre civilización del norte argentino), se ignoró de manera intencional el seguimiento de la discusión clave: la venta del territorio indígena, mediante subasta del Banco Nación a terceros privados que buscan instalar en el paraje una suerte de súper camping de confort católico para explotar las bondades de la biósfera de las yungas.

Fue el 18 de diciembre de 2023 que el Banco de la Nación Argentina abrió el concurso público para ofertar por la denominada Finca Yariguarenda: plano N° 1004 / Catastro rural 16.448, que tiene un costo de $15.600.000 (quince millones seiscientos mil pesos como valor base), y que abarca, según la misma circular que el Banco Nación publicó a fines de 2023, “varias casas ocupadas por familias, en el inmueble se pudieron verificar distintas construcciones con distintos ocupantes, por lo que el mismo tiene una ocupación que sería difícil de solucionar”. Estas familias originarias, de parentesco directo con la autoridad de la comunidad -su cacique-, son reconocidas por la misma entidad bancaria, aunque el concurso público para la venta del catastro se formalizó sin antes efectivizar un relevamiento que propiciara la participación de la comunidad en el tratamiento de estas tierras. Este terreno fue adquirido por el Banco Nación mediante un remate efectuado en noviembre de 2012 por compensación de deuda, por el juicio del año 1996 contra Francisco Morales Martínez. He aquí un punto preciso y curioso dentro de los habituales embrollos (o trinquetes, como decía Cantinflas) en la jerga contable y legal: el informe del Banco de la Nación Argentina incluye el número del expediente de dicho juicio (N°011001610/1996), pero no presenta copia, escritura, resolución o cualquier documento o instrumento legal adjunto que pruebe que tiene la titularidad del terreno. Y en noviembre de 2023 se constató, mediante escribanía pública, que la única oferta recibida fue por parte de Dante Galeano, en su calidad de director de la empresa TAR.TUR. SAS, ofreciendo 16 millones de pesos argentinos.

Según el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (organismo especializado de la ONU) sobre pueblos indígenas y tribales, las comunidades ancestrales tienen derecho a la participación y decisión relacionadas con asuntos ambientales de su propio territorio, por lo que la circular del Banco Nación, publicada arbitrariamente en periódicos y medios de comunicación, afectó el principio de consulta previa, libre e informada. Sin mencionar que ninguna de estas comunicaciones u operaciones se realizaron en el idioma madre, levantando aún más las barreras culturales, idiomáticas y geográficas.

La Comunidad Yariguarenda, con personería jurídica N°0213, inició una acción de amparo solicitando una medida cautelar por este hecho, fundamentada centralmente en el principio de intransferibilidad de territorio comunitario, según el marco normativo de la Constitución Nacional (artículo 75, inciso 17), el artículo 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 25 de la Constitución de la Provincia de Salta, según los cuales se tutela la posesión y propiedad de nuestros pueblos originarios, y con ello la presentación de su identidad y reconocimiento de su preexistencia antes de la conformación del Estado Nacional. Es claramente identificable que el territorio ancestral NO SE VENDE: jamás podría llevarse a cabo lo pretendido por el Banco Nación por ser arbitrario, ilegal e inconstitucional, simbolizando un despojo a la cultura, la identidad y pertinencia de la comunidad guaraní.

En la misma acción de amparo, la Comunidad Yariguarenda citó los antecedentes del hecho, haciendo énfasis en la serie de hostigamientos por parte del sacerdote Rubén Sica con el fin de desplazar a la comunidad del territorio que ocupa. Esto derivó en la interposición de una demanda de desalojo que pretendía despojar a la comunidad de su principal medio de desarrollo comunitario, el proyecto de Turismo Rural Sustentable (EXPTE. Nº 56.231/23: “SICA, RUBEN JESUS C/ VALDEZ, NATALIA Y/O DEMÁS OCUPANTES S/ DESALOJO”). En los mencionados, Fray Rubén Sica acusa falsamente de ocupación clandestina a Natalia Valdez (miembro de la Comunidad Yariguarenda). Estas acusaciones fueron rebatidas en la contestación de la demanda ofreciendo pruebas de que la fracción de inmueble que reclamaba el sacerdote fue refaccionada y acondicionada por miembros de la comunidad que pertenecen a la Cooperativa Turismo Rural Comunitario Yariguarenda para la apertura de un centro de atención al visitante inaugurado en diciembre del 2017 (cuya inauguración fue bendecida por el mismo Rubén Sica, con ramitas y agua bendita). El fraile tuvo conocimiento de las actividades desarrolladas allí, a fin de trabajar conjuntamente con los servidores del santuario y que todos pudieran ser parte del desarrollo local. Sin embargo, pese a esta voluntad de trabajo colaborativo por parte de la comunidad, transcurrido un año de la inauguración del centro, Sica solicitó el espacio para instalar un puesto de seguridad durante la noche. A lo cual la cooperativa respondió que autorizarían su pedido si era elevado mediante una nota formal. Finalmente, el sacerdote no presentó la nota y desde ese ese momento no volvió a solicitar permiso, sino a exigir la entrega del lugar sin tener ningún derecho sobre este. Su cambio de posición y conducta perjudicaron la continuidad de este medio de trabajo y de reivindicación cultural, violentando fuertemente a los integrantes de la comunidad. La OFM (Orden de Frailes Menores) negó su respaldo a las acciones de Rubén Sica y le ordenaron que desistiera de la demanda en virtud de que el despojo a las comunidades originarias atenta contra los principios religiosos que pregona la Orden Franciscana. Sólo de esta manera se logró frenar el hostigamiento en relación a la fracción de inmueble que se disputaba.

Semejante delirio místico no es infrecuente en un personaje que, desde hace más de veinte años estando al frente de un santuario en la zona que ansía explotar las posibilidades de turismo religioso (que seguramente es el trozo de carne de Pávlov para centros de empresarios, agencias de viajes, cámaras de turismo y municipios circundantes que, como perros babeantes, ansían concretar fantasías económicas que implican deforestación, desalojo, edificación sin conciencia ecológica e intervenciones en el medio ambiente a largo plazo, además de mantener a cualquier sector originario fuera de estas operaciones). En el mismo tono, el sacerdote Sica organizó marchas alrededor de la Plaza San Martín de Tartagal en tiempos de plena pandemia en las que, megáfono en mano, instaba a los feligreses a no creer en “el invento del COVID-19” (ya que se habían suspendido los oficios religiosos como las misas, que congregan a decenas de personas en ambientes cerrados), y recomendaba a los parroquianos no vacunarse. Por supuesto que ninguna de estas acciones públicas fue difundida o replicada por medios tradicionalmente católicos como El Tribuno, o por programas televisivos y radiales conducidos por miembros de la curia (actualmente, en el estudio audiovisual municipal de Tartagal, Canal 12 y FM Ciudad, su programación cuenta con tres espacios dedicados única y exclusivamente al proselitismo religioso -programas de radio conducidos por curas católicos o pastores evangélicos-, siendo de público conocimiento que todo organismo público y sus dispositivos mediáticos deben abstenerse de reproducir y/o generar contenido cuyo mensaje sea de índole religiosa o sectaria cualquiera sea el credo, prestando especial atención a las aproximaciones sociales, raciales, culturales y de género que puedan estarse dando tratamiento en dichos espacios de radiodifusión y streaming).

Cuando el Banco de la Nación Argentina apeló para continuar con la venta, la Sala II de la Cámara Federal de Salta resolvió no hacer lugar a la apelación solicitada por el Banco Nación, por presentarse de manera extemporánea (la fecha límite para el recurso de apelación era el 18 de enero de 2024, y el recurso fue presentado recién el día 23). Esto representaba una victoria más para la Comunidad Yariguarenda, aunque los medios departamentales hicieron poco eco de este capítulo, y siempre argumentando que se trataba de un mérito en común con la Iglesia, ya que los servidores del santuario habían hecho una junta de firmas, pidiendo a la ciudadanía oponerse a la venta del territorio porque “afectaría la zona donde están las parrillas”. Se menciona esto ya que, ante el pedido de firmas del santuario, el gerente de la sucursal local del Banco Nación expresó que no era probable detener la venta, sino otorgar prioridad al santuario para la compra del inmueble. De ser así, ese hecho habría constituido un nuevo despojo a la comunidad de su territorio, evidenciando una clara operación de parcialidad para con la Iglesia.

La Comunidad Yariguarenda (“lugar de sapos” en guaraní) efectuó la estrategia amicus curiae (amigos de la corte), que son organismos competentes sobre la cuestión debatida, para aportar informes técnicos, científicos o jurídicos que sirvan para ilustrar o enriquecer los argumentos en el proceso. Los amigos del tribunal presentados fueron la organización ARETEDE y la escuela de Antropología de la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional de Salta, con el aval de sus directivos. Frente a esto (y en una clara solicitud de rechazo del recurso amicus curiae por parte de los apoderados del Banco Nación, que continúan asegurando que no existe en el presente caso un desalojo de comunidades originarias), el Banco de la Nación Argentina decidió dejar sin efecto el remate: “Atento a la intimación efectuada al Banco de la Nación Argentina, pongo en conocimiento que por la medida cautelar dictada por este Juzgado, se dejó sin efecto el concurso público de ofertas para la venta del inmueble”.

Finalmente, el 19 de abril de 2024, el Juzgado Federal de Tartagal notificó respecto al “cumplimiento de la medida cautelar dictada en autos y sobre lo expresado respecto a que se dejara sin efecto el concurso público de ofertas”. Yariguarenda no se vende. Para el Fray Rubén Sica, el pueblo originario del paraje donde él mismo reside desde el año 2000, son “mocosos que creen en espíritus del monte y espíritus ancestrales”, ilustrando cabalmente cuáles son las consideraciones de la Iglesia en la actualidad para con las comunidades del norte argentino. Rodrigo Valdez, miembro de la Comunidad Yariguarenda, recuerda que, en los primeros años de cultos y peregrinaciones, las estampitas de la Virgen de la Peña rezaban en su final “Oh, peña bendita de Yariguarenda, en donde se asienta el trono de amor”. Sin embargo, esa palabra pareciera estar vedada hoy en día a los fieles que visitan el santuario. Tampoco se sabe nada sobre las supuestas amenazas de muerte que recibió el sacerdote Sica en el patio de su casa, justamente cuando se hacía lugar a la medida cautelar para suspender la venta de terrenos; ni tampoco sobre las causas por abuso sexual de menores que aseguró querían inventarle, justamente cuando dirigió su homilía de cuarenta minutos llena de epítetos discriminatorios, xenófobos en tanto ejemplifican una muestra de una corriente caduca de la intolerancia paternalista. Nada de eso ha circulado por los medios locales, y menos ahora que se acerca otro evento anual destacado de la agenda turística de Virgen de la Peña: el festival folklórico Tartagal Canta a la Vida. Estoy seguro de que pronto habrá noticias positivas, repletas de bendiciones, estadísticas de gran público (todo en el marco de los cien años de Tartagal). Mientras tanto, del tema principal no se habla. Lo principal es: Yariguarenda no se vende.