Sergio Nazario o «El Comandante Estevez», como se lo conocía en el centro clandestino de detención El Olimpo, fue condenado a 25 años de prisión como coautor del delito de privación ilegal agravada por haber sido cometida por funcionario público con abuso de sus funcionesy por mediar violencia y amenazas, en concurso ideal con el delito de imposición de tormentos agravados.

El Tribunal Oral Federal N°2 de la Ciudad de Buenos Aires condenó a 25 años de prisión al exagente de la Policía Federal Argentina Carlos Alberto Infantino y a los exgendarmes Miguel Pablo Lugo, Sergio Raúl Nazario y Hugo Luis Medina en el marco del quinto tramo de la causa por el funcionamiento del circuito represivo de los centros clandestinos de detención Atlético, Banco y Olimpo (ABO), dependientes de la jurisdicción del Primer Cuerpo de Ejército, que en este juicio abordó las privaciones ilegales de la libertad, los tormentos, los homicidios, las violaciones y los abusos sexuales en perjuicio de 385 víctimas.

Condenas

El tribunal, integrado por Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Nicolás Toselli, calificó a los hechos juzgados como constitutivos de crímenes de lesa humanidad. Luego, impuso 25 años de prisión a:

El exinspector de Superintendencia de Seguridad Federal (SSF) de la Policía Federal Carlos Alberto Infantino por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de privación ilegítima de la libertad, agravada por haber sido cometida por funcionario público con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley y por mediar violencia y amenazas, en concurso ideal con el delito de imposición de tormentos agravados en relación con las condiciones de cautiverio impuestas, reiterado en 279 ocasiones de las cuales 130 se encuentran agravadas por su duración mayor a un mes; e imposición de tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima en 279 ocasiones. El tribunal indicó que estos delitos concurren materialmente entre sí, y que a su vez concurren en forma ideal con el delito de abuso deshonesto agravado reiterado en nueve ocasiones, y con el delito de violación agravado por grave daño a la salud y por el concurso premeditado de dos o más personas en 16 ocasiones.

El exgendarme Miguel Pablo Lugo y al exprimer alférez Sergio Raúl Nazario, al considerarlos como coautores, y el excomandante Hugo Luis Medina, por considerarlo partícipe necesario, del delito de privación ilegal agravada por haber sido cometida por funcionario público con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley, y por mediar violencia y amenazas, en concurso ideal con el delito de imposición de tormentos agravados en relación con las condiciones de cautiverio impuestas, reiterado en 124 ocasiones, de las cuales 90 se encuentran agravadas por su duración mayor a un mes, e imposición de tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima en 124 ocasiones. El tribunal indicó que esos delitos concurren materialmente entre sí y en forma ideal con el delito de abuso deshonesto agravado en un hecho y con el delito de violación agravado por grave daño a la salud y por el concurso premeditado de dos o más personas reiterado en siete ocasiones.

El tribunal asimismo absolvió al exsargento Miguel Víctor Pepe en relación a lo hechos por los que le fue acusado y dispuso su inmediata libertad y el levantamiento de las medidas cautelares oportunamente dictadas a su respecto en esta causa.

Por otra parte, los jueces declararon extinta la acción penal respecto del expolicía federal José Ahmed, miembro a la época de los hechos de la SSF, quien falleció durante el debate.

En otro punto de la sentencia, el tribunal ordenó se comunique lo resuelto al Ministerio de Seguridad de la Nación, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y al Ministro de Defensa de la Nación, y que se dé cumplimiento al procedimiento de baja por exoneración de los condenados.


El circuito represivo ABO

El centro clandestino de detención denominado “Atlético” o “Club Atlético” funcionó desde mediados de 1976 hasta diciembre de 1977 en los sótanos de la División Suministros de la Policía Federal, en un predio situado entre las calles Paseo Colón, San Juan, Cochabamba y Azopardo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El lugar fue luego abandonado, dado que su ubicación estaba en el área de trazado de la autopista “25 de Mayo”, obra que se ejecutó meses después y que implicó la demolición de la edificación. Las víctimas allí “alojadas” fueron conducidas transitoriamente al CCD “Banco”, mientras se avanzaba en la preparación del predio de “Olimpo”.

El funcionamiento de “Banco”, en consecuencia, tuvo lugar entre fines de 1977 y mediados de 1978 en un predio ubicado a 200 metros de la intersección de la Autopista Ricchieri y el Camino de Cintura, en Puente 12, partido de La Matanza, provincia de Buenos Aires. Se encontraba rodeado por construcciones antiguas pertenecientes a la Policía de la provincia de Buenos Aires, donde luego se instaló la XI Brigada Femenina de esa fuerza de Seguridad. Sin embargo, una vez acondicionada la planta ubicada en las calles Lacarra y Ramón Falcón de esta ciudad -División Mantenimiento de Automotores de la PFA-, el 16 de agosto de 1978 se inició la actividad de “Olimpo”, que culminó a inicios de 1979 con el desmantelamiento del lugar.

De acuerdo con la acusación fiscal, en «Olimpo» el sistema organizativo represivo ilegal contaba con una mayor organización que en los predios anteriores. A modo de amedrentamiento, el CCD tenía una sala de inteligencia con un cartel que rezaba “Bienvenido al Olimpo de los Dioses”, firmado por “Los Centuriones”.

El Comandante Estevez

El pedido de detención del juez Claudio Bonadío causó revuelo en el ambiente político de la provincia de Salta, allá por el 2002 porque, entre 1995 y 1997, y bajo la gestión del entonces gobernador, hoy senador nacional, Juan Carlos Romero, Nazario fue secretario de Seguridad provincial.

Se tuvo que alejar del cargo en junio de 1997, cuando un ex detenido lo identificó como uno de sus torturadores y lo denunció en los micrófonos de FM Noticias. Apenas trascendió en fuentes judiciales la orden de detención contra el ex funcionario, voceros del senador Romero se apuraron a aclarar que Nazario “fue removido del cargo por su probable participación en la ultima dictadura y actualmente no cumple ninguna función dentro de la gobernación”.

Sin embargo, en el momento de la renuncia, el mismísimo Juan Carlos Romero atribuyó a una “operación política” propias de un período electoral, el embate contra su secretario de Seguridad, quien antes de asumir como funcionario estuvo a cargo de la vigilancia en el diario “El Tribuno”, propiedad de la familia Romero.

Y una vez más y a casi 15 años de su muerte, vale la frase del periodista y fundador de FM Noticias, Sergio Poma: «Tener la razón antes de tiempo, es como no tenerla».