El fiscal Miguel Osorio pidió que se condene al ex secretario de Obras Públicas José López a seis años de prisión por el delito de enriquecimiento ilícito y pagar una multa del ciento por ciento de los más de 9 millones de dólares que había en los bolsos.
El fiscal general Miguel Osorio, a cargo de la Fiscalía General Nº7 ante los Tribunales Orales Federales solicitó al Tribunal Oral Federal Nº1 se condene a José López a seis años de prisión por el delito de enriquecimiento ilícito e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.
Además, pidió una multa del cien por ciento del valor del enriquecimiento. El MPF tuvo por acreditado tres hechos que le permitieron demostrar la incompatibilidad entre el dinero percibido por López como funcionario público -se desempeñó como secretario de Obras Públicas desde el 28 de mayo de 2003 hasta el 9 de diciembre de 2015- con aquel hallado al momento de proceder a su detención – los bolsos con 8.982.047 dólares, 153.610 euros, 59.114 pesos y 425 yuanes-, como así también aquel materializado en dos bienes registrables: la compra y construcción de la casa del Dique Luján, en el partido de Tigre , provincia de Buenos Aires, y la compra del departamento en el barrio porteño de Recoleta.
La Fiscalía en su alegato explicó que López contó con la colaboración de Andrés Enrique Galera, Eduardo Ramón Gutiérrez y Carlos Hugo Gianni, quienes actuaron como interpósitas personas, comúnmente denominados “testaferros”, para disimular la incorporación de esos bienes a su haber, y con la colaboración de su esposa –María Amalia Díaz-, quien actuó de intermediaria para la compra del departamento y en la dirección de la obra de la casa de dique Luján. También contó con la cooperación de Marcos Artemio Marconi para modificar el estatuto de la empresa Marketing y Eventos y así posibilitar la adquisición de tal departamento.
En relación a Celia Inés Aparicio, el fiscal general sostuvo que no surgieron a lo largo del debate elementos que permitan sostener el “ánimo doloso” de la imputada de encubrir la comisión del hecho ilícito de José López, en tanto la prueba examinada demostró que no era ella sino la madre Superiora Alba la que tenía contacto directo con José López y María Amalia Díaz. Y que la noche del hecho Aparicio sólo actuó cumpliendo órdenes, sin que existiera indicio alguno que tuviera conocimiento del contenido de los bolsos.
Otros pedidos de penas
Además de los 6 años para José López, el MPF requirió al TOF que Andrés Enrique Galera, Eduardo Ramón Gutiérrez y Carlos Hugo José Gianni sean condenados a la pena de 3 años y 6 meses de prisión por el delito de enriquecimiento ilícito, todos en calidad de partícipes necesarios, y una multa del cien por ciento del valor enriquecido.
Asimismo, que María Amalia Díaz sea condenada a 1 año y 6 meses de prisión por considerarla penalmente responsable del delito de enriquecimiento ilícito en calidad de partícipe secundaria y una multa del veinticinco por ciento del valor del enriquecimiento.
Finalmente, para Marcos Artemio Marconi requirió la pena de 1 año por enriquecimiento ilícito, multa del cincuenta por ciento del valor del enriquecimiento, inhabilitación absoluta perpetua y se impongan la regla de conducta prevista en el art. 27 inc. 1 del Código Penal, en calidad de partícipe secundario. El único pedido del MPF de absolución fue en relación a Celina Inés Aparicio.
Decomiso
Al final de los alegatos, la Fiscalía requirió el decomiso de la totalidad del dinero y joyas, y demás efectos secuestrados en el marco de la causa, como así también el inmueble ubicado en Recoleta y en el partido de Tigre provincia de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto en el art. 23 del código penal.
La Fiscalía requirió el decomiso de la totalidad del dinero y joyas, y demás efectos secuestrados en la causa, como así también dos inmuebles ubicados en Recoleta y Tigre.
En agosto de 2017, el fiscal federal Federico Delgado, titular de la Fiscalía Criminal y Correccional Federal Nº6, solicitó la elevación a juicio del expediente. En su documento, explicó que “ni López ni su mujer han podido justificar el origen de los bienes encontrados, ni de la adquisición y remodelación de la casa de Dique Luján». Asimismo, sostuvo que los bienes no se encontrarían respaldados ni justificados de acuerdo a los ingresos plasmados en las declaraciones juradas patrimoniales públicas y reservadas, presentadas ante la Oficina Anticorrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.