La muerte de una trabajadora del Hospital de Cafayate que había denunciado a un médico por violencia laboral, alertó sobre el escaso conocimiento que existe respecto a una violencia casi siempre minimizada. (Andrea Sztychmasjter)

La técnica de laboratorio Norma Montañez falleció el lunes a las 15 horas por una falla multiorgánica en el Centro Medico Fundación Virgen de Urkupiña luego de estar internada desde el 6 de junio. Había denunciado violencia de género por parte de un médico.

La trabajadora había realizado una denuncia penal contra el doctor Aníbal Baeza por mal trato y violencia de género en el ámbito laboral. Pese a eso denunciaban que el Gerente del Hospital, Carlos Vargas, no cumplía con un dictamen de la Oficina de Violencia Laboral.

Cafayate | Falleció luego de denunciar malos tratos y violencia

Sus compañrxs de trabajo señalaron responsabilidades directas contra los directivos del hospital que ya estaban alertados sobre las denuncias que Norma había realizado. Además repudiaron que el gerente haya llamado a una reunión a la mujer y al médico denunciado, pues es algo no recomendable exponer a las víctimas con sus agresores. Esto dejó en evidencia la urgencia de visibilizar una violencia muchas veces minimizadas en los lugares de trabajo, donde las mujeres se desarrollan.

Cafayate | Denuncian que en el Hospital se tapan denuncias por violencia

Violencia laboral

El acoso laboral es tanto la acción de un hostigador o varios conducente a producir miedo o terror en el trabajador. Lo que se pretende en último término con este hostigamiento, intimidación o perturbación es el abandono del trabajo por parte de la víctima o víctimas.

La protección de estos daños son considerados un derecho humano, dado las violaciones históricas constatadas. Subyace la consideración de las mujeres como un grupo minoritario, cuando son aproximadamente la mitad de la humanidad. Veamos las consideraciones conceptuales al respecto.

El marco legal de la Constitución Nacional, (artículo 75, inc.22 y 23) fue un reconocimiento significativo, al señalar: “legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad (…).

“Las cuatro conferencias mundiales sobre la mujer convocadas por las naciones unidas en el último cuarto de siglo han contribuido a situar la causa de la igualdad entre los géneros en el mismo centro del temario mundial. Los tratados internacionales que mencionamos reconocen que:

 

  • la violencia y discriminación que se ejerce en sus diversas formas contra la mujer son una violación a los derechos humanos;

 

  • las relaciones desiguales y de subordinación se gestaron durante miles de años;

 

  • los Estados deben tener una política activa para combatir, erradicar y prevenir las desigualdades entre varones y mujeres y propuestas superadoras de diversa índole.

 

En distintas publicaciones la OIT recomienda incorporar la figura del acoso sexual y los procedimientos para combatirlo en las negociaciones colectivas de trabajo. El acoso sexual es una forma de discriminación por razón del género, tanto desde una perspectiva legal como en su concepto. Si bien los hombres pueden ser también objeto de acoso sexual, la realidad es que la mayoría de víctimas son mujeres. El problema guarda relación con los roles atribuidos a los hombres y a las mujeres en la vida social económica que, a su vez, directa o indirectamente, afecta a la situación de las mujeres en el mercado laboral.

El acoso laboral, conocido asimismo como acoso moral, y muy frecuentemente a través del término inglés mobbing (‘acosar’, ‘hostigar’, ‘acorralar en grupo’), es tanto la acción de un hostigador u hostigadores conducente a producir miedo o terror en el trabajador afectado hacia su lugar de trabajo, como el efecto o la enfermedad que produce en el trabajador. Esta persona o grupo de personas reciben una violencia psicológica injustificada a través de actos negativos y hostiles en el trabajo por parte de sus compañeros, subalternos (vertical ascendente) o superiores (vertical descendente o el tradicional boosing), de forma sistemática y recurrente, durante un tiempo prolongado, a lo largo de meses e incluso años. Lo que se pretende en último término con este hostigamiento, intimidación o perturbación es el abandono del trabajo por parte de la víctima o víctimas.