La jueza de garantías 7 María Edith Rodríguez dictó una medida cautelar para eliminar todas las publicaciones que relacionen al imputado Lautaro Teruel con el grupo musical «Los Nocheros».
La disposición de la magistrada alcanza a todo tipo de registro informático como ser: imágenes, videos, links, datos, sitios, historiales, motores de búsqueda y hasta comentarios en redes sociales. A través de un comunicado dirigido al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) se solicita la eliminación, borrado o desactivación de todo material que relacione a Lautaro Teruel con el grupo «Los Nocheros» o con cualquiera de sus integrantes.
La resolución obedece a una medida cautelar interpuesta por la defensa de Lautaro Teruel y el grupo «Los Nocheros». De esta forma, se ordena a los medios locales y nacionales abstenerse de publicar información o imágenes que vinculen a Lautaro Teruel con: Mario Teruel, César “Kike” Teruel, Álvaro Teruel, Rubén Ehizaguirre y el grupo musical “Los Nocheros”. Además, se ordenó a las partes intervinientes que se abstengan de revelar datos de las pruebas o los actos procesales a terceros y, principalmente, a los medios de comunicación.
Las pruebas acercadas por la defensa dan cuenta de que, a la hora de referirse al caso que involucra a Lautaro Teruel, suele mencionarse a los miembros del grupo musical o al conjunto en su totalidad. También se publicaron fotografías que apuntan directamente a los integrantes, remarcando el parentesco que tienen con el imputado.
La jueza María Edith Rodríguez había tomado una determinación similar en enero de este año, cuando ordenó a dos sitios web el cese inmediato de «toda publicación y difusión de caracter injuriante, irrespetuoso, y agraviante» contra el intendente Gustavo Sáenz. Por entonces, la jueza argumentó: “como derecho constitucional, la libertad de expresión está garantizada para todos los ciudadanos de nuestra Nación, pero dicha garantía encuentra su límite debiendo ceder cuando se traspasa la finalidad para la cual fue creada, afectando de manera directa otros derechos que en la ponderación de valores deben encabezar la prioridad de protección”.