Gustavo Solis engrosa la larga lista de intendentes acusados de corrupción en esta provincia. El intendente del Frente de Todos se encuentra jaqueado por una auditoría que lo comprometen seriamente: malversación de fondos y fraude a la administración pública en Rosario de la Frontera son los delitos detectados.

Aunque son muy escasos, algunos miembros de la Justicia llaman la atención por su desempeño. Una de ellos es la Fiscal Penal Verónica Simesen de Bielke, quien arremete sin piedad cuando está segura de que el implicado es culpable. Fue así que, luego de revisar una auditoría, que por cierto no estaba del todo bien hecha, pero a pesar de eso, daba muestras claras de hechos de corrupción, pidió la elevación a juicio del intendente de Rosario de la Frontera, Gustavo Solis Monico, ante el Juzgado de Garantías del Distrito Judicial Sur, en Metán.

Esto sucedió el 21 de diciembre de 2020. Todo comenzó con la publicación de una noticia criminis, el 26 de febrero de 2020, de la que surgió la falsificación de facturas en el municipio.

A partir de allí y mediante un pedido a la Auditoría General de la Provincia, se informó que el área de control realizaba en ese momento una auditoría financiera y de legalidad en el Departamento Ejecutivo Municipal de Rosario de la Frontera, por el período 2017, del que posteriormente surgieron irregularidades.

Recordemos que Solis toma el mando del municipio al ganar las elecciones en el último periodo de gobierno urtubeisista, cuando se colgó del saco del político que más ganas tenía de estar en Buenos Aires rosqueando su candidatura nacional que cumpliendo un tercer mandato en su provincia, lo que hizo en piloto automático.

Aunque como era su costumbre también apoyó a quien había llegado junto a él al poder allá por 2007, doña Romula Dina Gomez de Montero y se quedó hasta que Urtubey mandó a uno de los suyos más puro, a armar esa elección en favor del nuevo nene mimado del gobernador, Gustavo Solis.

Pasaron los años y a Solis le toco analizar de que lado estar para lograr mantener el poder.  Primero se puso a disposición del frente Todos pero cuando vio que acá no ganaban ni a palos, se acercó a Gustavo Saenz. De vez en cuando trata de sacar su lado librepensador, bastante corto para decir verdad.

En relación a sus delitos, se sabe que llevó adelante la contratación de Mirta Verónica Corimayo, violando a las normativas que prohíben la contratación por parte del Estado de personas físicas o jurídicas afectadas por medidas judiciales cautelares que afecten su solvencia o capacidad de contratación. Sobre Corimayo pesan medidas cautelares sobre las cuales fue debidamente informado el intendente, según consta en expedientes judiciales.

Esta conducta encuadra dentro del incumplimiento de las normas de prevención de lavado de dinero del Banco Central de la República Argentina, dictadas para determinar el circuito financiero del dinero público y que prohíben la emisión de cheques por sumas inferiores cuando el monto de los anticipos así lo permiten, como ocurrió en este caso.

Se sabe además que el imputado aceptó facturas duplicadas, por lo que incumplió las disposiciones de la Administración Federal de Ingresos Públicos, relacionada con la emisión obligatoria de facturas electrónicas.

En relación al fraude a la administración pública, se sabe que Solís Mónico emitió en 2017, una resolución que dio por rescindido en forma unilateral el contrato con Corimayo, sin arbitrar medida alguna tendiente al resarcimiento por la desvinculación unilateral. Pese a que la contratista percibió fondos en concepto de anticipos, lo que causó un claro perjuicio al patrimonio municipal.

También se le atribuyó al jefe comunal un segundo hecho por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, al efectuar 12 contrataciones directas de obra pública con una fundación, sin que se verificaran los requisitos establecidos por la normativa vigente.

Y para colmar el caso, Solis Monico incurrió en el delito de cohecho, ya que se observó una promesa directa por parte del jefe comunal al presidente de dicha fundación, de una suma de dinero a cobrar por cada metro cuadrado que se ejecutara. Esto se supo por una denuncia y la transcripción del audio agregado en legajo.

La propuesta era de un precio de $163 por metro cuadrado, de los cuales, si el contratista facturaba todo, debía entregar la suma de $93 por metro cuadrado a Solís y solo le quedarían $20 como condición para suscribir las contrataciones. Ello permitió verificar el dolo del imputado.

Y como broche de oro el intendente de Rosario de la Frontera, Gustavo Solís Mónico, incurrió nuevamente en el delito de incumplimiento de deberes de funcionario público, al efectuar contratos de obra pública con otra persona que no estaba inscripta en el Registro de Contratistas de la Provincia, por la suma de $10.819.777,50.

Celebró contratos con una persona física que, del 23 de mayo de 2017 al 10 de mayo de 2018, presentó 99 cheques rechazados por un monto de $22.608.759.03, según el informe del Banco Central de la República Argentina, sin verificar la situación financiera del contratado, además de emitir cheques en incumplimiento de las normas de prevención de lavado de dinero emitidas por el Banco Central de la República Argentina.

 

“Presentamos pruebas que demuestran la inocencia sobre los hechos que se imputan, pero la fiscal sin más que pedir la elevación a juicio, no ha considerado nada», expreso Solis en los medios y aseguró que existen anormalidades técnicas en el pedido de elevación a juicio de la fiscal, como que Simesen de Bielke es del Distrito Judicial del Centro y no del Sur, jurisdicción a la que compete Rosario de la Frontera. O que las investigaciones de esta índole generalmente duran alrededor de cuatro meses y esta Fiscal lo resolvió en 15 días. Aduciendo, “una persecución política por no pertenecer al oficialismo salteño”.

 

“Tengo buenos asesores trabajando para demostrar mi inocencia”, dijo con confianza, pero el Juzgado de Garantías 1 del Distrito Judicial Sur, Metán, resolvió no hacer lugar a la solicitud planteada por la defensa técnica de Gustavo Solís Mónico.  Si bien el imputado, en su descargo por escrito, solicitó al Ministerio Público Fiscal que tuviera presente hechos relatados y se ordenara la evacuación de citas sobre sus manifestaciones, lo hizo de manera genérica y sin especificar las diligencias que resultaran pertinentes y útiles, conforme a la tesis defensiva planteada respecto de la hipótesis de la Fiscalía.

 

El Juez interviniente consideró que en el ejercicio del derecho de defensa, el imputado y sus defensores pudieron proponer y ofrecer pruebas de manera detallada y no genérica como lo hicieron.