Un sujeto de 35 años fue condenado a siete años y medio de prisión efectiva por diversos delitos de violencia de género, entre ellos, lesiones graves agravadas en perjuicio de su pareja.
La denunciante refirió que no era la primera vez que su hija sufría actos de violencia por parte del acusado. Dijo que en 2022 ella misma lo había denunciado y le habían dictado medidas cautelares, entre ellas la prohibición de acercamiento y de ejercer actos de violencia en contra de la joven. Pero la damnificada había vuelto a vivir con él debido a sus permanentes amenazas.
Posteriormente, la víctima también radicó denuncia. Manifestó que tenía dos hijos con el imputado, de 6 y 7 años, y que había vuelto con él porque temía por la vida de los niños y de sus familiares, puesto que el acusado le había advertido que tenía un arma y que iba a matar “una por una” a todas las personas cercanas a ella. Además le había prohibido mantener contacto con su madre.
La jueza Gabriela Romero Nayar condenó al sujeto a pena de prisión efectiva por encontrarlo autor de los delitos de lesiones graves agravadas por la relación de pareja previa y por mediar violencia de género, desobediencia judicial reiterada, privación ilegítima de la libertas agravada por ser ejercida con violencia y amenazas y por tratarse de una persona a la que le debe respeto particular; coacción agravada por el uso de arma, en concurso real; coacción agravada por el uso de arma, lesiones leves agravadas por la relación de pareja y por mediar violencia de género, todo ello en perjuicio de su pareja; coacción en perjuicio de su suegra.
La jueza ordenó que el condenado permanezca privado de su libertad y sea trasladado a la Unidad Carcelaria1 y suspendió la responsabilidad parental del imputado en relación a sus dos hijos. Además dispuso que se le brinde tratamiento y seguimiento psicológico por sus impulsos violentos, previo diagnóstico de un profesional.
El juicio abreviado se llevó a cabo en el marco del Plan Piloto de Oralidad.