La crisis de representatividad, el descontrol republicano sobre gobernantes y actos de gobierno, la claudicación de los gobernantes ante el centralismo y la decadencia de los servicios entre los puntos abordados.-
Este jueves, los Drs. Armando Caro Figueroa y Santos Jacinto Dávalos, miembros de la Comisión Directiva del Foro de Observación de la Calidad Institucional de Salta, expusieron ante la Comisión de Poder Judicial de la Asamblea Constituyente.

En la oportunidad, el Dr Armando Caro Figueroa aseguró que, la Asamblea Constituyente tiene la oportunidad y la responsabilidad de abordar y buscar solución a cuatro problemática institucionales: la crisis de representatividad, el descontrol republicano sobre gobernantes y actos de gobierno, la claudicación de los gobernantes ante el centralismo y la decadencia de los servicios.
Asimismo, su exposición se centró en los graves problemas institucionales que afectan al funcionamiento de la Justicia salteña tales como: “el aislamiento provocado por muchos operadores jurídicos conservadores que, bajo la minúscula consigna de ‘Salta es diferente’, bregan por mantenernos al margen de la reforma constitucional de 1994, de los Tratados Internacionales, de los avances que las ciencias sociales celebran día a día; el modo de selección de los jueces, especialmente de los jueces llamados a integrar la Corte de Justicia de Salta; el desapego de nuestro alto tribunal respecto de los principios republicanos, de las normas fundamentales que integran nuestro bloque constitucional, federal y cosmopolita. Opciones ideológicas que lo han llevado a administrar una justicia patriarcal que rechaza -horrorizada- dar ingreso a la perspectiva de género y la presencia de una Corte de Justicia demasiado poderosa, exceso de poder que surge de la acumulación de funciones institucionales que se suman a la concentración de funciones de gestión, tales como las de superintendencia, administración de recursos tecnológicos, regulatorios, económicos y humanos”.
Por todo ello, FOCIS solicitó a la Asamblea la independencia (externa e interna de los jueces), eliminar el hiperpresidencialismo, prohibir las reelecciones (todas las reelecciones) y separar las funciones institucionales y de gestión que hoy acumula la Corte.
Por su parte, el Dr. Santos Jacinto Dávalos resaltó que, “la independencia de todo el Sistema Judicial, no solo de los jueces, sino también la de los integrantes del Ministerio Público, esta garantizada por la estabilidad en el cargo durante la duración de su mandato: la prohibición de reducción de sus salarios y la inmunidad de arresto” para luego agregar que, “creemos que una cuarta garantía es necesaria: la independencia presupuestaria”.
Asimismo explicó que, “Nuestra Corte de Justicia Provincial es el órgano de gobierno o superintendencia, Tribunal Constitucional, último poder de decisión en controversias que no afecten el orden constitucional, Tribunal Electoral y además protagonista principal en el Jurado de Enjuiciamiento y en el Consejo de la Magistratura”, por lo que, estos superpoderes deben ser morigerados, creando un Tribunal Electoral independiente, un órgano de ejercicio de las facultades de superintendencia integrado por partes iguales entre jueces, camaristas y jueces de Corte y apartando a la Corte del Jurado de Enjuiciamiento y del Consejo de la Magistratura. El superpoderoso presidente de la Corte debe ser renovado, estableciendo un solo mandato y uno de espera. Y lo que es fundamental, precisar en la Constitución el número de sus integrantes”.
“Siendo nuestra Corte Tribunal Constitucional, sus miembros no pueden ni deben ser designados por vida o hasta los 75 años o la edad de jubilación. Sus mandatos deben ser acotados, como ha ocurrido en toda la historia constitucional de nuestra Provincia. No conocemos antecedentes de Constituciones que a los Tribunales Constitucionales se los designe por vida”, agregó el miembro de FOCIS para luego considerar que, “Si como se estima la reforma constitucional disminuirá a dos períodos seguidos, o sea ocho años, el mandato del gobernador, debe escalonarse la duración de los jueces de Corte de modo de limitar el número de ellos que puede ser designado por el mismo gobernador. Con ocho años de gobierno, ocho o más años de mandato de los jueces de Corte mejorarían su independencia”.
“Consideramos necesaria apoyar la carrera judicial. Por ello proponemos una Corte de Justicia integrada por siete miembros, respetando la igualdad de género, dos de los cuales deben ser camaristas. La idoneidad requerida para la función pública y la capacitación de todos los jueces, debe acreditarse con cursos de capacitación, como es usual en el derecho comparado y exámenes de ingreso por concurso, para los jueces de Corte. De allí deben ser elegidos los nombres para elevarlos al Poder Ejecutivo y eventualmente, para que éste los remita al Senado para su aprobación”, enumeró Dávalos.
Finalmente consideró que, “esta reforma es un paso adelante, pero deja intactas todas las instituciones que impiden la alternancia. Un sistema electoral que permite mayorías ficticia, excluye a la mujer (22 senadores y una senadora), e impide la representación de la minoría”.