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Por octava vez: El nuevo proyecto por el aborto legal que presentarán este año

El texto que plantea la legalización de la interrupción voluntaria del embarazo volverá al Congreso en abril. Es la octava iniciativa que se presenta e incorpora algunas modificaciones con respecto a la del año pasado.

La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto ya tiene un nuevo proyecto. El texto, con algunas modificaciones en relación al presentado un año atrás en la Cámara de Diputados, fue aprobado el fin de semana durante una asamblea plenaria realizada en la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Córdoba, a la que concurrieron 190 representantes de todas las provincias. La iniciativa volverá en abril al Congreso. Será la octava vez que se presente.

Victoria Tesoriero, de Católicas por el Derecho a Decidir, explicó a PáginaI12 que el proyecto es el resultado de más de cuatro meses de trabajo en una comisión redactora y recoge el ejercicio de participación democrática con discusiones territoriales en todo el país y con los aportes de las distintas regionales que componen la Campaña. «En el marco de las elecciones a realizarse este 2019 se exige a los y las candidatas expedirse respecto de la legislación del aborto voluntario», expresó la Campaña en un comunicado de prensa difundido a última hora del domingo. Aunque no se dio a conocer el nuevo proyecto, este diario pudo conocer algunas de las modificaciones incorporadas al consultar a diferentes participantes de la plenaria.

La iniciativa despenaliza y legaliza la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) hasta la semana 14 y más allá de ese plazo, cuando corre riesgo la vida o la salud de la mujer y en casos de violación. En estos casos, se debe garantizar en el sistema de salud, público, privado y de obras sociales. Las prestaciones deberán estar incluidas en el Plan Médico Obligatorio. La novedad es que se eliminó como causal, las «graves malformaciones fetales», a raíz de los cuestionamientos de organizaciones que trabajan sobre derechos de las personas con discapacidad. Tampoco incorporaron la fórmula que se acordó en Diputados, que despenalizaba y legalizaba también el aborto en casos de fetos incompatibles con la vida extrauterina.

La práctica de la IVE, según el proyecto de la Campaña, se debe garantizar dentro de los cinco días de requerida.

Como el proyecto anterior, no criminaliza a las mujeres que se sometan o practiquen un aborto por fuera del plazo de 14 semanas y de las causales establecidas. La propuesta de la comisión redactora incluía una penalización a los médicos que practiquen una IVE después de la semana 14 sin causal. Pero la mayor parte de las regionales de la Campaña pidieron quitar ese punto. Es decir, finalmente, el texto propone la despenalización total: esto significa que en ningún caso podrán ser criminalizados los efectores de salud, salvo cuando se practique sin el consentimiento de la mujer o persona gestante.

El proyecto que obtuvo media sanción de Diputados reemplazaba el artículo 88 del Código Penal con la siguiente redacción, lo que significaba una reducción de pena establecida en 1921: «Será reprimida con prisión de tres (3) meses a un (1) año la mujer o persona gestante que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare cuando el mismo fuera realizado a partir de la semana quince (15) del proceso gestacional y no mediaren los supuestos previstos en el artículo 86 del presente Código. La tentativa de la mujer o persona gestante no es punible. El juez podrá disponer que la pena se deje en suspenso en atención a los motivos que impulsaron a la mujer o persona gestante a cometer el delito, su actitud posterior, la naturaleza del hecho y la apreciación de otras circunstancias que pudieren acreditar la inconveniencia de aplicar la pena privativa de la libertad en el caso.». Este articulado fue quitado por completo.

En relación a la sanción a médicos o quien hiciera el aborto, el proyecto aprobado en Diputados introducía modificaciones al artículo 85 del Código Penal, reduciendo el castigo cuando la práctica fuera con consentimiento de la mujer, pero no eliminaba la penalización. La redacción en relación a este supuesto era la siguiente: “El que causare un aborto será reprimido (…) con prisión de tres (3) meses a un (1) año si obrare con el consentimiento de la mujer o persona gestante y el aborto se produjere a partir de la semana quince (15) del proceso gestacional, siempre que no mediaren los supuestos previstos en el artículo 86 del presente Código”. Como se señaló más arriba, el nuevo proyecto despenaliza totalmente la intervención de los médicos cuando actúen con consentimiento.

El nuevo proyecto de la Campaña también incorpora la definición de «persona gestante», como el texto que se votó en Diputados. Pero al establecer el alcance de la ley, habla incluso, de «toda mujer u otra identidad con capacidad de gestar».

También incorpora «asesorías», para las personas que lo soliciten a la hora de pedir un aborto, donde deberán recibir información objetiva y precisa sobre la práctica, y además se le tendrá que ofrecer anticoncepción. El texto que obtuvo media sanción en la Cámara baja hablaba de «consejerías».

También la propuesta de la Campaña incorpora la dimensión intercultural. En el caso de que la mujer o persona gestante que quiere abortar hablara una lengua diferente, se deberá garantizar la presencia de intérprete con el fin de asegurar una comunicación efectiva en un marco de respeto por la interculturalidad, propone el texto.

El nuevo proyecto no dice nada en relación a la objeción de conciencia.

En relación a las personas menores de edad, si tiene menos de 13 años de edad, establece que se les deberá exigir su consentimiento informado con la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal, si necesita un aborto. En los casos, de adolescentes de entre 13 y 16, se presume que tiene la madurez suficiente para dar el consentimiento requerido. Pero la propuesta de la Campaña agrega que cuando esté en riesgo la integridad o la vida, por una condición preexistente, deberá acompañar el consentimiento al menos uno de sus progenitores (según artículo 26, párrafo 5 del Código Civil y Comercial de la Nación).

La Campaña a su vez incorpora a su proyecto –como se hizo en la discusión en Diputados– un capítulo especial sobre la Educación Sexual Integral, destacando la responsabilidad de los gobiernos nacional, provinciales y municipales, para aplicarla y fortalecerla.

Para su elaboración, la comisión redactora de la Campaña hizo primero un borrador, tomando en cuenta la discusión en el Congreso. Luego de intensos  intercambios y con las sugerencias enviadas por las regionales de las distintas provincias, se acordó el nuevo proyecto, que fue votado ayer en Córdoba.

No se descarta, sin embargo, que se agregue algún cambio todavía.

La fecha de presentación del proyecto no está definida. Sería el mes próximo. Y se convocaría para ese día a una movilización al Congreso de pañuelos verdes.

Será la octava vez que la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito presente su proyecto en la Cámara de Diputados. Todavía no se definió quién o quiénes serán las o los legisladores que encabecen la iniciativa con sus firmas.

La comisión redactora estuvo formada por referentes de distintos puntos del país y pertenecientes a distintas organizaciones, entre ellas, Marta Alanis, Silvia Augsburger, María Elena Barbagelata, Nina Brugo, Analía Bruno, Alicia Cacopardo, Carolina Comaleras, María Julia Constant, Soledad Deza, Mabel Gabarra, Mariana Hellín, Silvia Juliá, Paula Lo Cane, Celeste Mac Dougall, Stella Maria Manzano, Pamela Martín García, Julia Martino, Analía Mas, Mónica Menini, Nelly Minyersky, Martha Rosenberg, Victoria Tesoriero, Ruth Zurbriggen y Cristina Zurutuza.