El juez decidió no aceptar el juicio abreviado y le da aire al exintendente de Quijano.

Insólito: estaban todos de acuerdo en la culpabilidad, hasta el acusado, que aceptó los cargos. Pero igual el juez decidió patear el caso para otra instancia, mientras el acusado se fue a su casa, libre.

Dicen que a cada chancho le llega su San Martín; pero la instancia en que el exintendente Manuel Cornejo pague por lo que hizo se está haciendo esperar demasiado porque un juez impidió que un exintendente se declare culpable en juicio abreviado por hechos de corrupción.

El juez de la Sala II del Tribunal de Juicio, Ángel Amadeo Longarte, rechazó el juicio abreviado contra el exintendente de Campo Quijano, Manuel Cornejo, acusado de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y peculado (cuatro hechos) en concurso real y en carácter de autor.

En la misma causa, se encuentra imputada la exsecretaria de Hacienda de ese municipio, Carmen Rosa Méndez, por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionaria pública y peculado, en concurso real y en calidad de autora.

En el inicio del juicio abreviado, en el que la fiscala penal Verónica Simesen de Bielke representó al Ministerio Público Fiscal, ambos exfuncionarios reconocieron su responsabilidad penal en los hechos que le fueron imputados, por omitir dar cumplimiento a los deberes propios de sus funciones, al desplegar conductas contrarias a las leyes y ordenanzas y determinando la disposición de fondos apartada de los principios contables, bajo los cuales se rige el gasto público.

La fiscala penal Verónica Simesen de Bielke solicitó para Cornejo la pena de tres años y dos meses prisión de ejecución efectiva e inhabilitación absoluta y perpetua, por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y peculado (cuatro hechos) en concurso real y en carácter de autor.

En tanto, para la exsecretaria de Hacienda de ese municipio, Carmen Rosa Méndez, solicitó la pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional e inhabilitación absoluta y perpetua, por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionaria pública y peculado, en concurso real y en calidad de autora.
Luego de que la querella, los imputados y su defensa acordaran la pena, el magistrado sostuvo que “resulta fundamental un mejor conocimiento de los hechos y de la plataforma fáctica” planteada y consideró que la causa debe ser juzgada en un proceso oral y público y no en un juicio abreviado.
El informe de la Auditoria General de la Provincia, dio cuenta de la inexistencia de la documentación respaldatoria de los gastos efectuados, del incumplimiento de la normativa financiera y la transparencia de la gestión pública en el manejo de fondos, además de la falta de registración contable que permitiera establecer el destino real de los fondos asignados durante su gestión y además, controlar la legitimidad del gasto.
De la documentación aportada por el denunciante y actual intendente, Carlos Héctor Folloni, surgió la falta de registros contables de fondos municipales de los períodos 2017-2019.
Acuerdo de la reparación integral del daño
A raíz de las exigencias de la fiscala penal, Verónica Simesen de Bielke, las partes habían acordado la devolución de los bienes y dinero, en beneficio de la comunidad. Con el asentimiento del Ministerio Publico Fiscal, acordaron como reparación del daño la entrega de bienes, entre ellos, un camión Ford Cargo 1730, dominio EUK 327, que se encuentra secuestrado y la entrega del formulario 08 respectivo para su transferencia al Municipio de Campo Quijano.
También acordaron la firma del formulario 08 para la inscripción a nombre del Municipio de una camioneta Chevrolet S10, dominio AC840GK, que se encuentra en poder del Municipio de Campo Quijano en carácter de depositario judicial y con entrega definitiva.
En el acuerdo también debían firmar un boleto de compraventa, para la entrega al Municipio de Campo Quijano, de un terreno con catastro N° 13.445 del departamento de Rosario de Lerma.
Por último, Cornejo debía abonar la suma de $5.000.000 (cinco millones de pesos) en el plazo de 48 horas, en una cuenta judicial para su posterior transferencia al nombre y cuenta del Municipio de Campo Quijano.
Con el fallo del Juez interviniente, el acuerdo fracasó.