El caso de José Matías Saragueta, cuyo vehículo resultó dañado durante un control de la Policía de Seguridad Vial, pone de manifiesto las deficiencias en la protección de los derechos de los ciudadanos frente a acciones irregulares de las autoridades.
Los hechos ocurrieron a fines del mes de junio, en un control vial realizado por la Policía de Seguridad Vial. Como consecuencia de su resultado, se procedió al secuestro de un camión de propiedad de José Matías Saragueta.
El damnificado en su presentación alegó que el personal policial habría conducido imprudentemente el vehículo secuestrado produciéndole daños de consideración y, a raíz de ello, intimó a la Provincia de Salta al pago de la suma de Pesos Diez Millones ($10.000.000) con más intereses y gastos, en conceptos de daños y perjuicios.
Sin embargo, un Decreto (N 160) emitido por el Gobierno Provincial de Salta rechaza la petición de Saragueta, argumentando que la presentación constituye un procedimiento administrativo en lugar de una demanda por daños y perjuicios. Esto, según la jurisprudencia citada, debido a que la falta de servicio se considera objetiva, prescindiendo de la culpabilidad y centrándose en el funcionamiento irregular o defectuoso del servicio.
Sin embargo, la aplicación de este principio parece desviar la atención de la verdadera cuestión: un ciudadano sufrió daños en su propiedad durante una intervención policial, y ahora se le niega la posibilidad de obtener justicia y resarcimiento.
La falta de pruebas concretas y verificables, según argumenta el Decreto, plantea preguntas incómodas sobre la transparencia y la responsabilidad de las autoridades. Si bien es comprensible que la administración deba encuadrar y calificar las peticiones de los ciudadanos, ¿no debería existir un mecanismo más efectivo para abordar casos legítimos de ciudadanos afectados por la acción irregular de agentes estatales?