Se aprobó la creación de un Sistema de Retiro Anticipado para el personal de la planta permanente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.
El plan de retiro alcanza al personal que reviste en la planta permanente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero y que cumple con los requisitos que se detallan a continuación:
- Edad: igual o mayor a 58 años al 31 de diciembre de 2024, o bien que acceda a dicha edad durante la vigencia del presente Sistema de Retiro Anticipado.
- Acreditar la prestación de servicios mínima en ARCA (ex AFIP)
Personal no alcanzado:
- Agentes que se encontraren sometidos a proceso penal o sumario administrativo del que pudieran surgir las sanciones de cesantía o exoneración o existiese perjuicio fiscal.
- Agentes que registraren suspensiones preventivas, en el marco de las previsiones contenidas en el Régimen Disciplinario Unificado.
- Agentes que hubieren presentado su renuncia y estuviere pendiente de aceptación.
- Agentes que, al momento de solicitar su adhesión, tuvieren ausencias injustificadas por las cualesse les pueda aplicar la sanción de cesantía, aun cuando el trámite no estuviera iniciado.